DELITOS QUE NO PRESCRIBEN

El juicio por abuso sexual infantil más antiguo, en el Chaco

El principal acusado, Daniel Pacce, murió. Su esposa, Noemí Alvarado, de 84 años, está imputada como cómplice. Los abusos ocurrieron hace 37 años.
miércoles, 4 de agosto de 2021 · 00:00

En los tribunales de la provincia del Chaco se ventila en juicio un caso de abuso sexual infantil ocurrido hace más de 30 años. Su principal imputado murió y en el banquillo está sentada su esposa, de 84 años de edad, como cómplice.

La abogada de las víctimas del caso de abuso sexual más antiguo en llegar a juicio, Nahir Barud, aseguró que la Justicia chaqueña tiene la oportunidad de “marcar un precedente nacional, provincial, e internacional” si condena a la acusada de agredir en la década de los 80 a dos niñas de 3 y 5 años que pudieron hacer la denuncia recién 37 años después.

El juicio oral se le sigue solo a la docente jubilada Noemí Alvarado, de 84 años, por “partícipe necesaria en abuso sexual deshonesto y corrupción de menores en calidad de autora”, dado que su pareja Daniel Pacce, sindicado como coautor, ya falleció.

El proceso comenzó a fines de mayo, y a lo largo de seis jornadas pasaron más de 15 testigos ante la Cámara Tercera en lo Criminal, presidida por Ernesto Azcona, e integrada por Virginia Ise y Natalia Kuray.

Las denunciantes son Rosalía Alvarado, sobrina de Pacce, y María Belén Duet, hija de una docente que trabajaba en el mismo colegio donde Alvarado era directora, quienes crearon la ONG Al fin justicia, que acompaña a personas que pasaron por situaciones de violencia sexual.

“Seguimos en la etapa de debate, las pruebas admitidas durante la instrucción y en el requerimiento de elevación a juicio se están produciendo y, en paralelo a la audiencia, organizaciones feministas, sobrevivientes de abuso sexual y familias protectores acompañan a Belén y Rosalía concentrándose afuera de tribunales”, dijo la abogada Nahir Barud quien junto a su colega Kevin Nielsen tienen a su cargo la querella.

La letrada explicó que restan declarar pocos testigos, por lo cual “está próxima a terminar esta etapa para dar lugar a la de alegatos y luego habrá sentencia”, momento culminante para el que aún no hay fecha.

“Este juicio es muy trascendente, por los años que han pasado, por haber llegado a esta instancia cuando este tipo de hechos generalmente quedan archivados por el paso del tiempo”, dijo.

“La Justicia chaqueña está a un paso de marcar un precedente nacional, provincial, e internacional”, consideró y precisó que hasta ahora el caso de abuso más antiguo en alcanzar sentencia condenatoria fue el del exsacerdote Justo José Ilarraz de Entre Ríos, condenado en 2018 a 25 años de prisión por hechos acontecidos 30 años antes.

La abogada aseguró que si bien estos hechos se produjeron antes de las reformas introducidas por Ley Piazza (2011) y la posterior Ley de Respeto a los Tiempos de las Víctimas (2015), los casos no están prescriptos y pueden ser igualmente juzgados hoy en virtud de los tratados internacionales que Argentina ya había suscripto en esos años.

“Nosotros, lo que sostenemos desde esta causa más que la imprescriptibilidad del delito, es que el delito ya existía (como tal) al momento de los hechos y estaban suscriptos varios instrumentos internacionales de derechos humanos a través de los cuales Argentina se había comprometido a salvaguardar a las infancias, a las mujeres y los derechos humanos básicos”, dijo.

No obstante, reconoció que no hay un criterio único en los tribunales, por eso los jueces Raúl Luchelli Ramos, Carolina Martínez y Mónica María Carreira del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 2 de San Martín pudieron absolver en marzo pasado al excura Carlos José a quien se lo juzgaba por abuso sexual infantil agravado contra una alumna del colegio parroquial que dirigía en la localidad bonaerense de Caseros hace entre 22 años.

“Todo queda librado a la interpretación que hace cada poder judicial -por eso incluso esta causa la archivó una fiscalía porque entendieron que estaba prescripta y luego fue desarchivada-, pero no debería ser así. En la justicia penal debería existir un único criterio, que debería ser la consonancia con los tratados internacionales de derechos humanos para juzgar este tipo de delitos”, dijo.

Las sobrevivientes y protagonistas de esta historia pasaron por distintas instancias judiciales hasta lograr llegar al juicio, ya que el tiempo transcurrido entre los abusos y la denuncia, imponía el argumento judicial de la prescripción.

"Pablo Pereyra fue abogado de las sobrevivientes. Él, utilizando su experiencia en juicios de lesa humanidad, incorporó los tratados internacionales de derechos que son ley en el país y la ley 27.206, de respeto del tiempo de las víctimas de abuso, y logró que la causa avance", contó Badur.

Ahora, Pereyra es funcionario provincial, por lo que la incompatibilidad le impidió seguir con la causa, por la querella quedó a cargo de Badur y Nielsen.

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