VIOLENCIA DE GÉNERO

Anularon una probation por una grave omisión de una jueza

Fue en un caso de lesiones y amenazas de un hombre a su ex pareja. Pero la jueza de Garantías omitió un informe psicológico considerado clave.
miércoles, 9 de febrero de 2022 · 17:04

Un tribunal impugnó un fallo de una jueza de Garantías que había beneficiado a un hombre con una suspensión de juicio a prueba (probation), porque no tuvo en cuenta una pericia psicológica clave que certificó que el imputado “ejerció violencia de género crónica” hacia su ex pareja. Ahora se deberá disponer la realización de un juicio.

El tribunal. Integrado por los jueces Fernando Zvilling, Federico Sommer y Florencia Martini, avaló el pedido del fiscal de Chos Malal, Fernando Fuentes, de que se anule la decisión de la jueza de Garantías Carina Álvarez

Fuentes había impugnado la decisión con el argumento de que la decisión inicial de la jueza de garantías “era arbitraria”, entre otros aspectos. Esto porque “no valoraba debidamente un informe psicológico que indicaba que la mujer era víctima de violencia crónica, entre otros puntos”.

“Fue soslayado por la jueza de garantías el informe psicológico sobre la víctima, que refleja la existencia de una elevada vulnerabilidad”, sostuvo Fuentes. “Hay dependencia y asimetría respecto al acusado, no pudiendo ella ser consciente de que es víctima de violencia crónica. No ha podido aún romper con el ciclo de violencia”, remarcó. Y destacó que “esta pericia fue reemplazada por el criterio de la jueza”, quien “se atribuyó un conocimiento tal que hablando con la víctima  en una audiencia ya supo que el consentimiento que estaba dando para la suspensión de juicio a prueba era libre y no estaba condicionado por todas estas circunstancias que acabo de detallar; ahí radica la arbitrariedad”.

El caso penal que originó la impugnación fue el siguiente: el 2 de septiembre de 2021 un hombre fue acusado por haber lesionado a su expareja mediante golpes, en una localidad del norte de Neuquén. El Ministerio Público Fiscal le atribuyó el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y por ser cometidas mediando violencia de género. El imputado quedó detenido con prisión domiciliaria y luego se mudó hacia la capital provincial, lo cual implicó que esa medida de coerción fuera moderada.

El 16 de diciembre de 2021, la defensa del acusado pidió en una audiencia que se aplique la suspensión de juicio a prueba para resolver el caso. Esto implicaba que no se impondría una pena al imputado, a cambio de que cumpla con una serie de pautas de comportamiento y obligaciones. Esto era posible porque no contaba con antecedentes penales y por estar acusado de un delito que prevé una pena inferior a los tres años. La víctima, que inicialmente hizo la denuncia y manifestó interés en que el Ministerio Publico Fiscal avanzara en el caso, se retractó y manifestó conformidad con esta solución. El fiscal jefe se opuso y pidió que no aplicara la salida alternativa, lo cual fue rechazado por la magistrada de garantías luego de escuchar a la víctima en la audiencia. Por esta razón, el representante de la fiscalía presentó la impugnación.

Ayer, quienes integraron el Tribunal de Impugnación, declararon admisible el recurso. Y tras el análisis del planteo del fiscal jefe, indicaron por unanimidad que correspondía respaldarlo en torno a algunos de los aspectos que desarrolló en la audiencia: “Entendemos que nada impide a un juez o jueza de garantías apartarse de un dictamen, de un informe o una opinión, siempre y cuando explique los motivos”, afirmaron. “En el presente caso advertimos que no ha sido controvertido que existe una pericia de una psicóloga que da cuenta de una situación de dependencia psicológica, económica y de vulnerabilidad de la víctima”, y sobre este escenario “la señora jueza no aporta razones de entidad para apartarse de esta opinión especializada y fundada”.

A partir de la resolución, la investigación del caso continuará abierta y en una próxima audiencia se resolverá cómo continuará para la realización de un juicio.

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