UN CLÁSICO

Condena y severa crítica a empresa frutícola de General Roca

El fallo cayó sobre Zetone y Sabagg. Un tractorista sufrió lesiones graves. Y, ahora, la compañía roquense deberá garantizarle la cirugía. No tenía ART
martes, 8 de agosto de 2017 · 09:08

La Cámara Segunda del Trabajo de Roca consideró que la empresa Zetone y Sabagg S.A. incurrió en una conducta "desaprensiva y desprovista de toda humanidad” con un empleado que se había accidentado; y le ordenó cubrirle todas las cirugías y tratamientos que necesite para reponerse de las lesiones que ha sufrido.

Fuentes judiciales indicaron que la frutícola no contaba con cobertura de ninguna Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), lo que evidentemente complicó su situación.

Al resolver el amparo que había presentado este trabajador de 35 años, el Tribunal que integran los jueces Edgardo Albrieu, Adriana Mariani y Daniel Tobares, dispuso "que en el término de dos días” le garantice el clavo endomedular acerrojado para tibia, todas las prestaciones médicas, y cualquier otra cosa que necesite hasta su completa curación.

Para asegurarse el rápido cumplimiento de la medida, los jueces establecieron, además, una multa mínima de 2.500 pesos por cada día de demora en la fecha de operación.

Las mismas fuentes dijeron que el accidente sobrevino el 23 de enero último, cuando explotó una de las ruedas del tractor en el que realizaba su trabajo, y el hombre sufrió fracturas expuestas y múltiples lesiones en su pierna derecha.

A raíz de eso fue sometido a diversas intervenciones que tuvieron cobertura directa de la empresa, debido a la falta de contratación de ART.

Sin embargo, "desde el 24 de mayo se encuentra esperando una cirugía reparadora”, que al parecer "fue suspendida por la falta de entrega de los materiales por parte de la empleadora”, indicaron.

El hombre está enyesado y existe "riesgo y peligro inminente de amputación de la pierna, atento la falta de curaciones”, alertó su abogado en la demanda.

Cuatro cartas documento envió el obrero reclamando las prestaciones, sin haber obtenido respuesta.

La empleadora "hizo caso omiso y guardó silencio, pese a la gravedad de lo acontecido, mostrando de tal modo una conducta desaprensiva y desprovista de toda humanidad para con su dependiente accidentado”, valoró el juez Albrieu en su voto rector.

"Es evidente que en este caso el trabajador damnificado queda en una situación de desamparo total ante la arbitraria e ilegítima omisión de su empleadora, pues no puede acceder al sistema de salud previsto”, concluyó el Tribunal.

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