FALLO DESNUDA FALENCIAS

Desbordada, Río Negro sufrió otro revés en los tribunales

Ahora, un juez le ordenó al Instituto de la Vivienda rionegrino que le garantice una casa a un niño. Y este respondió que no tiene un plan habitacional
martes, 8 de agosto de 2017 · 09:08

En un caso que reconoce antecedentes, el juez civil de Cipolletti, Alejandro Cabral y Vedia le ordenó a la Provincia de Río Negro, que arbitre los medios para garantizarle una vivienda digna a niño que sufre serios problemas de salud.

En su resolución, el juez dispuso que "frente a la eventualidad de no poder otorgar una vivienda en el plazo precedentemente fijado”, el Estado deberá "subsidiar el 50 por ciento del alquiler de un inmueble con los servicios básicos esenciales”.

Y para ello le dio un plazo de diez días. La madre del niño interpuso un amparo contra el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV) reclamando una solución habitacional en favor de su hijo que padece de fibrosis quística e insuficiencia pancreática.

Fuentes judiciales indicaron que, por prescripción médica, el menor debe vivir en una casa con luz, gas, agua y cloacas, para poder hacer los tratamientos en procura de evitar múltiples infecciones.

Lejos de eso, la familia vive en la Toma 2 de Febrero y su vivienda no reúne esas condiciones. La madre, que trabaja en forma particular y que recibe una pensión por la discapacidad de su hijo, dijo ante la Justicia que estaría en condiciones de afrontar los costos de una vivienda social pero no un alquiler.

En respuesta, el IPPV le informó al juzgado que no existe un plan habitacional en ejecución o a ejecutarse en forma inmediata.

Y agregó que hay 19.000 familias inscriptas en la provincia esperando una respuesta habitacional; y no resulta automática la mera anotación para serle otorgada una vivienda, pues ello debe seguirse en el marco del proceso establecido para la selección y adjudicación fijados legalmente. A raíz de eso, el juez dispuso se le subsidie la mitad del alquiler hasta que se les adjudique y entregue una vivienda.

Cabe consignar que a mediados de julio último, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro rechazó un recurso que había presentado la Fiscalía de Estado, y dejó firme la multa de 28.000 pesos que una jueza de Familia de Cipolletti le había aplicado al IPPV por no cumplir en tiempo con un fallo similar.

El 20 de noviembre de 2014, la jueza Patricia Cladera hizo lugar al amparo que había presentado una mujer que padece una discapacidad, y le ordenó al IPPV la provisión de una vivienda apta para ella y su marido.

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