CONFLICTO MAPUCHE

Se mantiene la orden de desalojo en Villa Mascardi

El Tribunal de Impugnación no hizo lugar a un planteo de la defensa de la comunidad Lafken Winkul Mapu.
miércoles, 10 de febrero de 2021 · 00:00

La Justicia rionegrina ratificó el fallo contra la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu y mantuvo la orden de desalojo del predio que pertenece al Obispado de San Isidro en la zona de Villa Mascardi, en Bariloche. 

El Tribunal de Impugnación de la provincia, con votos de los jueces Miguel Cardella, Rita Custet Llambí y Carlos Mussi, rechazó un planteo de la defensa y además mantuvo la formulación de cargos por usurpación. Este es el tercer fallo en contra de la comunidad mapuche que mantiene la toma de las tierras en cercanías a Villa Mascardi. El 22 de octubre del año pasado, el Juez de Garantías admitió los cargos y luego el 3 de diciembre un Juez de Revisión ratificó la medida.

El recurso del abogado defensor planteó que "la restitución del inmueble que se denuncia usurpado, supone la exclusión violenta de las personas que lo habitan y que, si ello se realiza antes de una sentencia firme que acredite la existencia del delito, se afectan principios constitucionales elementales puesto que las personas acusadas son inocentes hasta que una sentencia firme establezca lo contrario".

Para el Tribunal de Impugnación "el recurso no puede prosperar por carecer de los requisitos de admisibilidad" para luego argumentar que "la defensa establece sus fundamentos en forma dogmática al no indicar el hecho de su pretensión recursiva, ya que no estableció qué evidencia le brinda argumentos a su petición". Añadieron que "la parte pretende avanzar a través del sistema de impugnación de las decisiones jurisdiccionales cuestionadas sin establecer en esas audiencias los hechos que den argumentos a su teoría jurídica, tal como lo expresamos en la decisión que se cuestiona".

Entonces se mantuvo la imputación sobre Betiana Colhuan, Yéssica Bonnefoi, Johana Colhuan y María Nahuel, aunque la fiscalía había pretendido imputar a otros miembros de la comunidad que nunca fueron notificados fehacientemente de su obligación de presentarse ante la Justicia.

Les atribuyeron ser responsables de haber invadido y desplegado diversos actos en el predio ubicado en Villa Mascardi y que pertenece -según escritura pública del año 1983- al Obispado de San Isidro, que se lo había comprado a la Administración de Parques Nacionales. Sin embargo antes de que se concrete la medida de desalojo, fue el propio Obispado de San Isidro el que pidió una postergación, en la búsqueda de un canal de diálogo que minimice el riesgo de que se produzcan escenas violentas en el lugar.

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