El directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) se reunió el jueves y tomó dos nuevas medidas a última hora que despertaron las alarmas, ya que ambas afirman aún más el cepo sobre el dólar oficial. En resumen, se impuso un límite a la tenencia de divisas extranjeras de los bancos y se ampliaron las restricciones para importar, tanto a empresas como organismos estatales.
En detalle, una de estas medidas es la A 7863, que establece que las entidades financieras no podrán elevar su posición global de dólares por encima de lo que tenían desde el jueves 12 hasta el 31 de octubre. La circular asegura que los bancos “podrán cubrir la posición de contado diaria” con Letras internas intransferibles del Banco Central en pesos, o con “títulos públicos nacionales en moneda extranjera o vinculados a la evolución de esa moneda”.
Además, varias fuentes indicaron que la norma apunta específicamente a los dólares de los bancos, y que nada tienen que ver con los dólares de los ahorristas que están en el Banco Central ya que “no los puede tocar nadie”.
La segunda comunicación que envió el Banco Central, con el número A 7864, se basa en la quita de algunas excepciones que había para las empresas del Estado para pagar servicios en el extranjero. Ahora, el sector público deberá completar la declaración del Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (SIRASE), para poder pagar servicios de investigación, jurídicos, contables o publicitarios –por ejemplo– y tener la aprobación de esta entidad.
Esto aplica a todos los entes en los que el Estado sea el socio principal o el responsable de las decisiones societarias, y a fideicomisos constituidos con capital proveniente del sector público. Una a favor de esta modificación para las empresas estatales, es que no deberán recibir una autorización del BCRA para entrar al mercado cambiario antes de los 60 días corridos posteriores a la aprobación de la declaración en el SIRASE.