TIENE PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO

El pastor acosador deberá hacer un curso de género

Le ofrecía mercadería a cambio de sexo a una mujer que concurría a su iglesia de Catriel.
miércoles, 16 de junio de 2021 · 00:00

La Justicia de Paz falló contra un pastor evangélico que ofrecía mercadería a mujeres de su comunidad a cambio de sexo. La situación se enmarcó en un caso de violencia institucional ejercida en un lugar de acceso público y la magistrada dictó medidas para proteger a la víctima y ordenó al acusado a realizar una capacitación en género.

Una de las víctimas, concurrió a la iglesia de Juan Carlos Huircao, de 56 años, durante tres meses hasta que el pastor intentó tener una relación extramatrimonial con la mujer a cambio de asistencia con alimentos. Pese al intento de aclarar la situación en una reunión dentro del Centro Cristiano Misionero de Catriel, con el hombre y su mujer, tuvo que radicar la denuncia al sentirse atacada por la pareja, que lejos de reconocer el error, la increparon.

El mismo día que la víctima radicó la denuncia, la jueza de Paz, Georgina Garro resolvió una prohibición de acercamiento, notificó al pastor y lo citó para que realizara su descargo. La mujer relató que concurría a la iglesia evangélica y que al principio el vínculo con el pastor fue respetuoso. Luego de un tiempo el hombre asistió a su casa y le propuso tener una relación en secreto a cambio de dinero y mercadería. Ella rechazó la propuesta, pero el religioso concurrió nuevamente a su domicilio con una bolsa de mercadería y la puso en la disyuntiva entre tener que elegir sí aceptarla o rechazarla puesto que la necesitaba, ya que estaba atravesando una situación económica complicada.

El pastor debió concurrir a la Justicia y junto con su abogado negó que haya existido contacto físico entre él y la mujer. Pero no pudo dar una explicación a las pruebas presentadas por la mujer, entre ellas el intercambio de mensajes de whattsapp. Entonces, la jueza consideró que la ley nacional 26.485 es una norma que rige para todo el país y que persigue el objetivo de promover y garantizar el derecho de las mujeres de vivir en una vida libre de violencia. Y explicó que la Convención de Belem do Pará define a la violencia contra la mujer como cualquier acción o conducta basada en su género que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer en cualquier ámbito privado o público.

La jueza sostuvo que toda mujer tiene derecho a un recurso sencillo y rápido ante los tribunales competentes. Y que en este caso la víctima buscó contención espiritual en la institución evangélica por la situación que estaba atravesado y recibió actos de hostigamiento.

Afirmó que el pastor se valió de su posición de jerarquía en la Iglesia y de la situación de vulnerabilidad económica de la víctima, lo que significó "una relación desigual de poder. Ello afectó la intimidad y la integridad moral de la mujer a tal punto que sintió angustia, vergüenza y humillación por lo sucedido dejando de concurrir a la iglesia, afectando también su derecho a profesar una religión libremente", aseguró.

Garro consideró que con los hechos denunciados, la iglesia a la que concurría la damnificada es una institución de la sociedad civil de acceso público. Y que ante una situación de riesgo se debe resguardar la integridad moral y psíquica de la afectada. Y reafirmó su obligación de "resolver con perspectiva de género por lo cual la mirada no debe ser restrictiva sino amplia con la finalidad de proteger a la víctima", confirmó en el fallo.

Se ratificó la medida cautelar que prohibe el acercamiento del pastor a 200 metros de la mujer. Ello incluye el cese de actos de perturbación en intimidación por parte del denunciado hacia la víctima. Y le ordenó al religioso la realización de una capacitación en materia de violencia de género en un plazo de 20 días. Debiendo acreditar la constancia emitida por un organismo municipal, provincial o nacional.

Luego del fallo, el abogado defensor del pastor, Angelo Zamataro brindó declaraciones en diferentes medios de Catriel y obligó a una nueva intervención de la Jueza de Paz, que le realizó una dura advertencia para que revise su discurso y evite revictimizar a las denunciantes del pastor.

"No ha hecho más que revictimizarla y exponerla públicamente a apreciaciones que no fueron ventiladas ni por usted ni por su cliente en oportunidad de presentarse ante el juzgado de Paz a mi cargo", apuntó Garro, quien además lo instó a  "reflexionar con empatía en qué posición se encuentra usted frente a la sociedad para tomar libremente decisiones y en qué lugar se encuentra una víctima de violencia de género al ser violentada".

 

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