¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

Viernes 11 de Julio, Neuquén, Argentina
Logo Am2022

El STJ ratificó vigencia de ley antinuclear en Río Negro

El máximo tribunal de Río Negro rechazó un planteo del intendente de Sierra Grande.
Viernes, 26 de octubre de 2018 a las 11:13
PUBLICIDAD

Un fallo del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro dispone que el intendente de Sierra Grande, Nelson Iribarren, no tiene legitimación para pedir la inconstitucionalidad de la ley antinuclear votada por la Legislatura provincial el 1 de septiembre del 2017 -por amplia mayoría- que prohíbe la instalación de plantas nucleares en territorio rionegrino salvo las de diseño nacional, con tecnología Carem que desarrollan la CNEA y el Invap.

No se conoce aún la actitud que adoptará el jefe comunal sierragrandense que en su presentación judicial de pedido de inconstitucionalidad de la ley provincial 5227, contó con el apoyo del gobierno de Mauricio Macri y de la Secretaría de Energía Atómica de la Nación.

El máximo tribunal judicial argumenta en su fallo que “si bien el Intendente es quien tiene la atribución de representar en juicio los intereses comunales de ese Municipio conforme lo previsto en su Carta Orgánica Municipal, ello, por sí solo, no lo inviste de la legitimación necesaria para entablar la acción pretendida” y agrega que “la legitimación, como presupuesto de la acción, requiere de modo insoslayable su invocación y acreditación. La omisión en el cumplimiento de esta carga configura un obstáculo insalvable para la procedencia de la misma”.

El planteo de Iribarren surge luego que el gobierno nacional decidiera instalar una planta nuclear en Río Negro, en el marco de un convenio firmado por Argentina con China, con la posibilidad de ubicarla en la zona de Sierra Grande, luego de haberse descartado el ejido de Viedma, sobre el litoral atlántico.

Este proyecto encontró resistencia en la comunidad que hizo conocer que no había “licencia social” para llevar adelante el emprendimiento, que tuvo como principales impulsores al presidente Mauricio Maci y el gobernador Alberto Weretilneck. Este rechazo también se expresó en las elecciones de las PASO de agosto del 2017, con una clara derrota del oficialismo.

Con este fallo también se reivindica la potestad legislativa en el dictado de leyes de clara incumbencia provincial y destaca que “el Estado Provincial en función de las facultades que le son conferidas constitucionalmente posee competencia exclusiva para decidir sobre la radicación de plantas nucleares en su territorio, así como también el desarrollo de toda actividad relacionada con ese tipo de energía. Y queda sujeta a la jurisdicción nacional la regulación y fiscalización de la actividad nuclear”.

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD