VILLA LA ANGOSTURA

Desestimaron una denuncia contra comunidad mapuche

La causa la había iniciado una empresa que había recibido un camino público cedido por Emanuel Ginóbili. La zona de litigio es el Correntoso.
lunes, 7 de mayo de 2018 · 09:35

El fiscal Fernando Rubio desestimó la denuncia que había presentado una empresa privada contra miembros de la comunidad mapuche Paincil Antreao por presunta usurpación en un predio en Villa la Angostura.

Mediante un escrito firmado ayer, el representante del Ministerio Público Fiscal señaló que no existe delito y que por esta razón la denuncia fue desestimada.

Por un lado, planteó que la Ley protege el patrimonio particular y que en este caso el reclamo de la comunidad mapuche se realizó sobre un camino público reservado para calle municipal. Este camino, fue cedido por un particular (el basquetbolista Emanuel Ginóbili), como servidumbre de paso a la empresa denunciante, el "Fideicomiso Lago Correntoso".

Por otro lado sostuvo que el inciso 3° del artículo 181 del Código Penal castiga a quien “haciendo uso de violencia o amenazas, turbare la posesión o tenencia de un inmueble. Puntualizó que de acuerdo a la doctrina “la turbación, vista como una alteración del estado de cosas anterior en perjuicio de quien ejerce la posesión o tenencia del inmueble, debe ser llevada a cabo haciendo uso de violencia o amenazas; quedando de esta manera fuera del ámbito de aplicación del tipo penal sub examine, aquellas conductas que producen meras molestias de entidad cualitativamente inferior que, en el peor de los casos, serán reconducidas hacia otras esfera del derecho”. Añadió que “en el presente caso, no se vislumbran elementos en la investigación que permitan determinar que se haya concretado una turbación de la posesión a través de la utilización de violencias o amenazas, siendo que las conductas de los encausados no resultan de suficiente entidad para tenerlas por incluidas dentro de los medios comisivos señalados y requeridos por el tipo penal bajo estudio”.

El fiscal jefe remarcó además que en forma previa a desestimar la denuncia, y con el aval del fiscal general José Gerez, “se intentó una instancia de diálogo entre los denunciantes y los sindicados por éstos como incursos en delito, convocando a las partes a una reunión informativa para el día 20 de abril pasado, habiéndose realizado las notificaciones pertinentes de conformidad a las disposiciones del artículo 94”. Sin embargo, “los denunciantes no se hicieron presentes por lo que obviamente se debe dar por desistido a los mismos de la aceptación de esta instancia”.

La denuncia fue radicada el pasado 16 de abril por el representante de la empresa “Fideicomiso Lago Correntoso”. Planteó que las personas que se instalaron en un terreno a la altura de la calle Traful en la zona del cerro Belvedere, en la ladera de la costa del lago Correntoso, impidieron que los empleados desarrollen tareas de apertura de un camino.

Desde la comunidad mapuche, indicaron que la ocupación fue pacífica, porque se trata de territorio ancestral y protegido por la Ley Nacional de Bosques.

El fiscal jefe señaló también que “la intervención del sistema penal de última ratio sólo se encontrará justificada allí cuando las acciones civiles sean incapaces de dar una solución satisfactoria a conflictos de esta índole, situación que difícilmente se configure en los hechos, en virtud de lo normado por el artículo 131 Inciso 1, corresponde desestimar las presentes actuaciones por no constituir delito el hecho denunciado”.

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