Siguen las reacciones ante el mega Decreto de Necesidad y Urgencia con más de 300 modificaciones que anunció anoche Javier Milei. Entre tantas derogaciones, el libertario mencionó que la de la Ley de Tierras es "para promover el mercado inmobiliario", mientras que la Ley de Fuego fue mencionada al pasar sin señalar un motivo durante la cadena nacional.
Con la derogación de la Ley 26.737 de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales, conocida como Ley de Tierras, dejaría de regir la normativa que establece que solo el 15% de las tierras rurales totales de la Argentina pueden estar en manos de extranjeros. Además, dejarían de ser penados aquellos argentinos que hagan de testaferros de extranjeros para la adquisición de tierras.
En cuanto a la derogación de la Ley de Manejo del Fuego, dejaría de funcionar el Servicio Nacional de Manejo del Fuego, que está para organizar tareas preventivas y de combate contra incendios de todo el país.
No obstante, en el decreto que se publicó en el Boletín Oficial no se especifica qué modificación quiere imponer Milei, aunque uno de los artículos de esta ley detalla qué se puede hacer y qué no "en caso de incendios provocados o accidentales que quemen vegetación viva o muerta" y especifica una prohibición "durante 60 años contados desde la extinción del incendio" para:
· Realizar modificaciones en el uso y destino que esas superficies tenían antes del incendio.
· Dividir o subdividir, lotear, fraccionar, parcelar o hacer cualquier emprendimiento inmobiliario distinto al arrendamiento y venta en tierras particulares. La división y subdivisión está permitida en caso de partición hereditaria.
· Vender, dar en concesión, dividir, subdividir, lotear, fraccionar, parcelar o hacer cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento, en tierras fiscales.
· Realizar cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tenia al momento del incendio.