El presidente Javier Milei, envió al Congreso Nacional el proyecto de la Ley Ómnibus que denominó “Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos” y será tratada en sesiones extraordinarias que empezaron este martes y se extenderán hasta el 31 de enero.
La misma, contiene 664 artículos con 351 páginas, que apunta a una serie de reformas en materia tributaria, electoral, laboral, penal y energética.
Ley ómnibus: declarar la emergencia pública
El Poder Ejecutivo busca que el Congreso declare la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025. Esto permitirá que el Gobierno asuma “facultades legislativas” en esas materias.
Ley ómnibus: privatización de las empresas públicas
Con la intención de constituir sociedades anónimas, se dispone la privatización de aquellas empresas y sociedades "de propiedad total o mayoritaria estatal" entre las que se encuentran: Aerolíneas Argentinas; YPF; Banco Nación; Casa de Moneda Correo Argentino; ARSAT; AySA; Fabricaciones Militares; Ferrocarriles Argentinos; Télam y Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA), entre otras.
Ley ómnibus: modificación en las jubilaciones y pensiones
El proyecto modifica una veintena de leyes y entre ellas propone la suspensión de la ley de movilidad jubilatoria aprobada durante 2020, facultando al Poder Ejecutivo a establecer una fórmula automática de ajuste de las prestaciones “teniendo en cuenta los criterios de equidad y sustentabilidad económica”.
Se trata de la ley previsional aprobada en 1993. La modificación en los incisos alcanza a la prestación básica universal, la prestación compensatoria, el retiro por invalidez, la pensión por fallecimiento y la prestación adicional por permanencia.
Ley ómnibus: modificación en las elecciones
El proyecto de ley prevé la derogación de las PASO, la implementación de la boleta única de papel, el establecimiento de un nuevo sistema de elección de diputados en base a circunscripciones uninominales y modificando las listas cerradas. También, contempla cambios en el financiamiento de los partidos políticos, e incluye el traspaso de la Justicia Nacional a la Ciudad.
Ley ómnibus: sin permiso para protestar
El proyecto de ley propone la modificación del artículo 194 del Código Penal para endurecer las penas a los manifestantes, estén o no presentes al momento de la protesta. Además, contempla penar con dos a cuatro años de cárcel a quienes con un arma interrumpan el servicio de transporte público; con dos a cinco años a "quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado" estén o no en el lugar y con tres a seis años a quienes amenacen a una persona con sacarle la "asignación de un beneficio, plan, subsidio de cualquier índole" para que asistan a una protesta.
Ley ómnibus: permiso para disparar
Extender la definición de la legítima defensa y habilitar que no serán penados quienes obren "en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo; en cuyo caso, la proporcionalidad del medio empleado debe ser siempre interpretada en favor de quien obra en cumplimiento de su deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo".
Ley ómnibus: moratoria de deudas tributarias
Creación de una amplia moratoria de deudas tributarias con distintos planes de pagos. Desembolso al contado dentro de los 90 días desde que se implemente la medida, la AFIP determinará una condonación de deudas de 50%; pago en cuotas dentro de los 90 días implicará un descuento de 30%; y pago en cuotas a partir del día 91, un perdón de 10% del total. En todos los casos se descontará el 100% de las multas previstas.
Ley ómnibus: blanqueo de capitales
El proyecto de ley plantea que estarán contemplados sujetos residentes y no residentes. Habrá tiempo para sumarse a la exteriorización hasta el 30 de noviembre del 2024. El blanqueo estará dividido en tres etapas.
En la primera, que se extenderá hasta el 31 de mayo, la penalidad por el ingreso al régimen será de 5%; una segunda etapa con fecha límite de pago hasta el 10% que tendrá lugar hasta el 31 de agosto; y una última etapa, con una alícuota de 15%, y que terminará el último día de vigencia de la exteriorización de activos.