Debido a que presenta “deficientes condiciones de habitabilidad”, un juez prohibió que personas procesadas o condenadas sean alojadas en celdas de la comisaría 25 de Junín de los Andes. Según se pudo demostrar, en esa unidad no hay calefacción ni duchas para los internos.
El juez Nazareno Eulogio lo dispuso al acoger un habeas corpus interpuesto por los defensores públicos Bernardo Areco e Ignacio Pombo.
Durante una audiencia que se desarrolló el pasado 11 de agosto en la IV Circunscripción Judicial, los defensores presentaron testimonios de familiares de un interno y del propio jefe de esa comisaría. “Se pudo probar que el espacio en el que se encuentran las personas privadas de su libertad no cuenta con calefacción ni duchas, y que las comunicaciones telefónicas con los familiares se realizan una vez por semana”, se informó oficialmente.
Sobre la base de los testimonios, las partes coincidieron en que esa sede policial no es apta para alojar a personas de manera permanente, sólo para contraventores.
El magistrado hizo lugar al habeas corpus y prohibió el alojamiento de "detenidos y condenados, hasta tanto se reviertan las condiciones de habitabilidad", y ordenó el traslado de las personas allí alojadas dentro del plazo de 24 horas.
Por otro lado, y en virtud de la emergencia sanitaria (y de la prohibición de visitas personales) autorizó el ingreso de un teléfono celular por parte de la familia del interno, cuyo caso motivo la presentación de la acción de habeas corpus. El teléfono "quedará bajo custodia del personal policial, para ser utilizado los días horarios que se disponga, con una frecuencia no menor a tres veces por semana, por no menos de 30 minutos cada día", dispuso.