De la misma forma, se deniega la propiedad a personas físicas o jurídicas que exploten sociedades civiles o mercantiles de cadenas de farmacias; artículos relacionados con medicamentos, farmacias o perfumerías; y convenios de cualquier índole -franquicia, asistencia técnica, distribución, entre otros-.
El titular, agrega la propuesta, será responsable de la reposición de stock, contratación de personal, apertura y cierre del local, entre otras tareas, siendo sancionado con un año de suspensión para ejercer su profesión en caso de falsedad en la declaración de propiedad.
En la legislación nacional y provincial actual, señala Allende, cualquier persona física o jurídica puede ser titular de una farmacia, mientras se instalan cadenas que atentan contra las farmacias todas. Esto dejaría sin atención a localidades remotas sólo por fines comerciales y abaratamiento de precios de venta, cuando el medicamento cumple esencialmente un fin social, culmina el letrado.
El proyecto ingresó el 21 de mayo bajo el número 9077 por Mesa de Entradas.