UN JUEZ BELIGERANTE

La inconducta de Piedrabuena en las audiencias ¿es delito?

El juez de Garantías de Neuquén protagonizó un escándalo en un hipermercado, y en las audiencias d formulación de cargos. Tiene dos pedidos de Jury.
domingo, 10 de enero de 2021 · 00:00

El nivel de beligerancia mostrado por el juez de Garantías de Neuquén, Diego Piedrabuena, en los tres intentos en los que el fiscal Maximiliano Breide Obeid intentó formularle cargos “debería ser tratado como un delito independiente” del que motivó las audiencias, comentó a menjorinformado.com un reconocido abogado penalista.

El magistrado ya tiene dos pedidos de jurado de Enjuiciamiento: uno girado a la Comisión Especial por el presidente del TSJ, Evaldo Moya, y el otro por el fiscal general José Gerez, tras el escándalo público que el juez y su esposa protagonizaron en un hipermercado el pasado 12 de diciembre. En las presentaciones se hace foco en el presunto “mal desempeño” de Piedrabuena, a quien esta semana se le formularon cargos por “atentado contra la autoridad por funcionario público, resistencia o desobediencia a un funcionario público”.

El próximo martes, habrá una nueva audiencia frente a un tribunal de Impugnación que integrarán Wálter Richard Trincheri, Gustavo Varessio y Fernando Zvilling.

Las tres audiencias previas en las que Breide Obeid intentó formularle cargos a Piedrabuena, fueron escandalosas. A la primera no concurrió. En la segunda su abogado Francisco Oneto recusó a todo el mundo, y en la tercera Pidrabuena y su esposa –Liliana Geldrez- se desconectaron abruptamente del zoom. Por eso la jueza Patricia Lupica Cristo lo declaró en rebeldía.

“Claramente lo de Piedrabuna es un delito” afirmó el abogado que acercó un fallo reciente del fuero civil de la Justicia de Río Negro por el que se terminó sancionando a un abogado por violar las reglas de las actuaciones judiciales. “La justicia civil de Roca resolvió la inconducta de un litigante muy rápido”, pero en el fuero penal de Neuquén “ocurrieron hechos graves y no se hicieron cargo ni los funcionarios, ni los magistrados ni los colegios de abogados que conocen el artículo 241. Hay que bajar el nivel de beligerancia en las audiencias”, expresó.

El fallo al que aludió el abogado está fechado el 30 de diciembre, caratulado: “G.M.C. y otros c/L.G.N. y otros s/daños y perjuicios”, y fue firmado por la jueza Andrea de la Iglesia.

En uno de los párrafos, el fallo dice:

V.- En relación a lo peticionado por la Doctora Baldoni -que se testen partes de la contestación de demanda por la codemandada Señora C. A.F., representada por su apoderado el Doctor Daniel Ernesto Cuomo y por considerarlas ofensivas para su actuación profesional- entiendo que le asisten razón en sus observaciones por cuanto las expresiones volcadas en la contestación de referencia implican un juicio de valor indebido, dirigido hacia la letrada que asiste a la parte actora e innecesario por cuanto las fundamentaciones deben estar sustentadas en normas/principios/interpretaciones jurídicas que den soporte a la postura defensiva y no en descalificaciones”.

Agrega:

“En tal sentido y en postura que comparto, ha sido sostenido que "(...) la conducta de los abogados y demás participantes de las actuaciones judiciales debe estar sometida a reglas y sanciones cuando ellas sean violadas. No puede concebirse de otra manera un correcto funcionamiento de la noble tarea de dar a cada uno lo suyo. Para ello es menester el constante esfuerzo de magistrados y colegios de abogados. Unos y otros perderán su prestigio, si no cumplen con lo expuesto y por supuesto las víctimas serán los justiciables y los letrados que se conduzcan correctamente. Finalmente, recordemos las palabras de Calamandrei: Abogados y jueces están colocados moralmente, si no materialmente, a la misma altura. El juez que no guarda respeto al abogado, como el abogado que no se lo guarda al juez, ignoran que abogacía y magistratura obedecen a la ley de los vasos comunicantes; no se puede rebajar el nivel de la una sin que el nivel de la otra descienda exactamente lo mismo”.
“El debate dentro de un proceso exige entonces especial énfasis en el uso del lenguaje apropiado en lo que queremos comunicar, respetuoso hacia quienes dirigimos nuestro discurso”, señaló la magistrada.

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