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El Gobierno impulsa un nuevo Mercado Eléctrico Mayorista con menor intervención estatal

La Resolución 400/2025 establece reglas para un mercado competitivo basado en contratos bilaterales y descentraliza la compra de combustibles, buscando transparencia y mayor inversión en generación.

Por Redacción

Martes, 21 de octubre de 2025 a las 13:48
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Nuevo esquema para el Mercado Eléctrico desde noviembre

El Gobierno nacional anunció una reforma significativa en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) con la publicación de la Resolución 400/2025 en el Boletín Oficial, que entrará en vigencia el 1° de noviembre. Esta medida busca fomentar un esquema basado en señales de precios sin la intervención directa del Estado, recuperando su rol como regulador y promoviendo la competencia entre los actores del mercado.

La normativa aprobó las “Reglas para la Normalización del MEM y su Adaptación Progresiva”, que introducen un nuevo marco para los contratos de energía y potencia, incentivando especialmente la firma de contratos bilaterales. En este contexto, se crea un Mercado a Término de Energía y Potencia que permitirá la libre contratación entre generadores, distribuidores y grandes usuarios, eliminando restricciones previas.

Entre los cambios más destacados, se modificó el Artículo 2° de la Resolución N° 370/2022, permitiendo que los Agentes Distribuidores del MEM suscriban contratos de abastecimiento de energía eléctrica de fuentes renovables con generadores o autogeneradores. Esto elimina la prohibición para que los distribuidores contraten en el Mercado a Término de Energías Renovables (MATER), favoreciendo el desarrollo de energías limpias.

La reforma también avanza en la descentralización del manejo de combustibles, ya que CAMMESA dejará de centralizar su compra, aunque continuará con sus funciones de despacho y administración del mercado. Además, se implementarán mecanismos de respaldo durante la transición hacia este nuevo régimen.

La resolución categoriza la generación eléctrica en tres grupos

1. Generación Asignada: Comprende unidades con contratos vigentes hasta su vencimiento, incluyendo generación bajo administración estatal, hidráulica binacional y nuclear operada por Nucleoeléctrica Argentina SA (NASA). Esta generación se priorizará para la demanda estacionalizada.

2. Generación al Spot: Incluye todas las unidades no clasificadas como Generación Asignada, que podrán participar en esquemas competitivos para la remuneración de energía y potencia.

3. Generación Nueva: Se refiere a instalaciones habilitadas comercialmente a partir del 1° de enero de 2025, buscando incentivar nuevas inversiones.

En cuanto a la demanda, se establecen dos categorías para los usuarios abastecidos por los distribuidores del MEM: la Demanda de Grandes Usuarios de Distribución (GUDI) y la Demanda Estacionalizada, esta última subdividida en residencial y no residencial.

Dos nuevos Servicios de Reserva de Confiabilidad (SRC) con remuneraciones diferenciadas

• SRC Base: Destinado a la generación térmica con habilitación comercial anterior al 1° de enero de 2025, con una remuneración de US$ 1.000 por MW-mes disponible.

• SRC Adicional: Orientado a la generación nueva, que incluye térmica, hidráulica, nuclear o unidades de almacenamiento, con una remuneración de hasta US$ 9.000 por MW-mes disponible, otorgada por un plazo máximo de diez años.

El esquema para recuperar costos por servicios del MEM se actualiza para transparentar los cargos vinculados a la prestación de servicios complementarios. Además, se fija el dólar BCRA Comunicación “A” 3500 (Mayorista) como referencia para los criterios cambiarios.

Nuevo esquema para el Mercado Eléctrico desde noviembre

Por último, la resolución establece un régimen para atender demandas extratendenciales. Cualquier nueva demanda conectada directamente al Sistema de Transporte que supere el 0,5% de la demanda media del MEM deberá presentar un plan de abastecimiento que garantice al menos el 80% de su producción de energía y respaldo físico de potencia suficiente para cubrir hasta el 80% de su consumo.

El Organismo Encargado del Despacho (OED), función asignada a CAMMESA, será responsable de desarrollar los procedimientos técnicos necesarios para implementar estas medidas.

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