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Reglamentaron la Ley de Emergencia en Discapacidad y definieron el nuevo régimen de pensiones

El decreto fija criterios de acceso, permanencia y control, y centraliza la política de discapacidad en el Ministerio de Salud.

Por Redacción

Miércoles, 04 de febrero de 2026 a las 11:52
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El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y puso en marcha un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad. La medida quedó formalizada este lunes con la publicación del Decreto 84/2026 en el Boletín Oficial, que establece cómo se aplicará la ley y cuáles serán los requisitos para acceder y mantenerse dentro del sistema.

La reglamentación fija de manera detallada los criterios de acceso a las pensiones, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios y los mecanismos de control, además de los procedimientos administrativos que deberán seguirse. Según se indica en la norma, el nuevo régimen deberá articularse con las reglas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral para personas con discapacidad.

La decisión del Ejecutivo responde a un fallo judicial que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793, luego de que se declarara inválido un decreto anterior que había suspendido su ejecución por falta de financiamiento. Con esta reglamentación, el Gobierno avanzó en la implementación efectiva de la emergencia declarada por el Congreso.

Uno de los puntos centrales del decreto es la incorporación de la Secretaría Nacional de Discapacidad al Ministerio de Salud, lo que implica la centralización de la política pública en esa cartera. El Gobierno fundamentó esta decisión en una mirada integral del derecho a la salud y la protección social, que incluye aspectos sanitarios, sociales, económicos y de acceso a derechos.

Además, la norma instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para consensuar los criterios de evaluación socioeconómica y presentar, en un plazo de 30 días, un plan de auditorías periódicas. También la habilita a dictar normas complementarias para garantizar la correcta implementación del régimen.

El decreto establece, a su vez, la conversión automática de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para la Protección Social. Para ello, la autoridad de aplicación deberá identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones vigentes.

Las medidas que se acuerden con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se implementarán mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento, respetando las competencias y la disponibilidad presupuestaria de cada jurisdicción. La reglamentación entró en vigencia el 3 de febrero de 2026, el mismo día de su dictado.

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