El Senado debate desde las 11 los proyectos de reforma laboral y Ley Penal Juvenil. El oficialismo busca obtener su última victoria legislativa del período de sesiones extraordinarias en la antesala del discurso del domingo del presidente Javier Milei ante la Asamblea Legislativa.
Según el orden de labor parlamentario se debatiría primero la reforma laboral y luego la Ley Penal Juvenil.
Reforma laboral
La iniciativa, impulsada por el Poder Ejecutivo, tendrá un fuerte impacto en las relaciones del trabajo porque contempla profundas reformas en el sistema de despidos, vacaciones, negociaciones colectivas y derecho de huelga en servicios esenciales.
El Senado convocó la sesión para aprobar el único cambio introducido por la Cámara de Diputados, donde se eliminó el polémico artículo 44 que rebajaba los salarios para las licencias por enfermedades o accidentes fuera del ámbito laboral.
La ley impactará de lleno en las relaciones laborales ya que introducirá cambios en las vacaciones, horas extras, negociaciones colectivas y derecho de huelga.
Entre otras reformas, el proyecto establece que las vacaciones podrán no otorgarse durante el verano ya que una vez cada 3 años le corresponderán al empleado en la temporada estival, además de que se podrán fraccionar en plazos no menores a 7 días.
Además, las empresas no tendrán obligación de pagar a los empleados horas extras porque habrá un sistema de compensación: si un trabajador trabaja 12 horas en lugar de 8, se le podrán dar 4 horas a compensar.
La jornada máxima será de 12 horas (con 12 horas obligatorias de descanso) y esa extensión laboral será compensada con la reducción de la jornada en otra fecha del calendario.
Los despidos serán mas económicos para las empresas ya que no se computará el aguinaldo, vacaciones o premios, y solo se hará en base al salario básico; se tomará como base el salario promedio de la actividad.
Las indemnizaciones se podrán pagar en 12 cuotas en las empresas grandes y 18 en las pymes, igual que las sentencias judiciales.
En materia de gremios, se mantendrá el aporte que le descuentan a los trabajadores para el sindicato con un tope del 2%, y el empleador se mantendrá como agente de retención, como exigía la CGT.
En tanto, los convenios colectivos con plazo vencido no mantendrán sus efectos en el transcurso de tiempo hasta la firma de un nuevo acuerdo colectivo.
También se permitirá en la negociación colectiva de actividad, rama, región, acuerdo de empresa y/o mediante acuerdo individual o decisión unilateral del empleador, incorporarse por encima de los salarios otros componentes retributivos dinámicos adicionales, transitorios, fijos o variables.
Se restringe el derecho a huelga al declararse determinadas actividades como “servicios esenciales”, con la obligación de garantizar una cobertura mínima del 75%, y “servicios trascendentales”, con la obligación de garantizar una cobertura mínima del 50%.
Asimismo, serán consideradas “infracciones muy graves”, con el impedimentos a realizar bloques, cuando se cumpla alguna de las siguientes hipótesis: “Afectar la libertad de trabajo de quienes no adhieran a una medida de fuerza mediante actos y/o hechos y/o intimidaciones o amenazas”.
Ley Penal Juvenil
La reforma de la ley Penal Juvenil, aprobada el jueves último, por la Cámara de Diputados, reduce de 16 a 14 años la edad de imputabilidad y propone para los menores desde sanciones breves hasta 15 años de cárcel para los delitos graves.
El régimen especial de minoridad propuesto por el oficialismo propone un abanico de sanciones o castigos alternativos a las penas privativas de la libertad, establece que los menores no deben mezclarse con los adultos en los lugares de reclusión e incluye medidas complementarias de resocialización.
Para delitos con penas menores a 3 años se descartan penas de prisión, mientras para las penas de entre 3 y 10 años vinculados a delitos que no hayan ocasionado la muerte o lesiones graves se priorizan otro tipo de sanciones con un enfoque social y educativo.