TRIBUNAL DE IMPUGNACION

Impugnarán la liberación del sospechoso de asaltar “Autobuses Neuquén”

Lo anunció el fiscal del caso Juan Agustín García, luego de que el Colegio de Jueces ordenara la libertad del imputado. “Se hizo una interpretación equivocada sobre los plazos de detención”, indicó el funcionario judicial.
viernes, 27 de junio de 2014 · 08:05
Neuquén – El fiscal del caso Juan Agustín García (fiscalía de Delitos Violentos contra las Personas), anunció hoy que impugnará la liberación de V. H. C, quien está acusado de haber asaltado la empresa "Autobuses Neuquén” el pasado 21 de junio en la ciudad de Neuquén.
El pedido para que el sospechoso quede detenido con prisión preventiva lo hará ante el Tribunal de Impugnación en un plazo máximo de cinco días. Uno de los argumentos que planteará, fue que los miembros del Colegio de Jueces que por mayoría ordenaron la liberación, hicieron una interpretación "equivocada” sobre los plazos de detención del acusado. 
La libertad de V. H. C fue resuelta hoy por la mañana durante una audiencia de revisión efectuada en Yrigoyen 175 de la ciudad de Neuquén. Las juezas de garantías Ana Malvido y María Gagliano, resolvieron que el imputado debía quedar en libertad porque la audiencia en la que se le formularon los cargos, se hizo en un plazo mayor a las 24 horas de detención que prevé como tiempo máximo el Código Procesal Penal. El juez de garantías Cristian Piana, votó en disidencia y manifestó que los tiempos no estaban excedidos.
El fiscal del caso planteó en la audiencia que el hecho ocurrió el sábado a las 2.30 de la madrugada en la sede la empresa ubicada en Laprida al 7.000. El imputado, en compañía de otro hombre aún no identificado, entró armado y amenazó a un grupo de empleados. Su cómplice, les sustrajo las billeteras, dinero, documentación y teléfonos celulares. Luego, ambos huyeron hacia el sector norte del predio, momento en el que V. H. C fue interceptado por personal de la Policía provincial que circulaba en un patrullero. Allí, comenzó una persecución, en la cual el imputado disparó contra el móvil policial, hasta que lo atraparon mientras intentaba saltar un cerco perimetral.
Como el sospechoso sufrió lesiones al intentar saltar el cerco (también se investiga si fue golpeado por algunas de las víctimas del asalto), fue trasladado hacia el hospital Horacio Heller y luego al Castro Rendón. Tanto cuando fue atrapado, como cuando ingresó al hospital, el hombre acusado dio identidades falsas. A las 11.25 del mediodía del sábado recibió el alta y a las 14, cuando fue identificado por la División Antecedentes Personales, el fiscal Horacio Maitini (fiscalía de Respuestas Rápidas) ordenó su detención. La audiencia en la que se le formularon los cargos, se efectuó el domingo a las 12.30 del mediodía.
El representante del Ministerio Público Fiscal lo acusó del delito de robo agravado y pidió la prisión preventiva con el argumento de que existía riesgo de que entorpezca la investigación. Esto porque las personas asaltadas deben declarar y, como los teléfonos celulares que les robaron no fueron recuperados, pueden ser localizadas con facilidad por el imputado y su cómplice que está prófugo. También destacó que la pena por el hecho que se le imputa es de cumplimiento efectivo, motivo por el cual podría fugarse.
En la audiencia realizada hoy, el fiscal Agustín García puntualizó además que el imputado tiene antecedentes penales.
El defensor Fernando Diez solicitó que se revoque la prisión preventiva con el argumento de que "el plazo del artículo 112 del Código Procesal Penal dice que la detención no podrá extenderse por más de 24 horas, y acá se excedió en diez horas”. Agregó que "el fiscal no puede pedir una medida cautelar pasadas las 24 horas, por lo cual se debe revocar la resolución”.
El fiscal Agustín García indicó que "acá se está dejando de lado el término con el que cuenta el personal policial para hacer la identificación de una persona y luego ponerlo a disposición del personal judicial. Hay una Ley provincial que faculta a la Policía a tener a una persona privada de su libertad para hacer la averiguación de antecedentes e identificarla correctamente”.
Las juezas de garantías Ana Malvido y María Gagliano afirmaron que "el articulo 79 del Código Procesal Penal establece la regla respecto a los plazos y les da rigor. Son 24 horas a partir de la orden del fiscal y que esa orden debe ser anoticiada por la policía en forma inmediata. Por lo tanto, esta persona habría estado a disposición de la policía sin la orden del  fiscal a lo largo de diez horas. El código de procedimiento deroga tácitamente cualquier disposición que norme algo en contrario”.
Con este argumento, ordenaron "revocar la prisión preventiva por haberse excedido el plazo de detención hasta que se celebró la audiencia de solicitud de la medida cautelar”. Y fijaron como medida alternativa, que el sospechoso se presente una vez por semana en el Ministerio Público Fiscal.
En tanto el juez de garantías Cristian Piana, votó en disidencia. "Me parece que se está desnaturalizando cuál es el espíritu del legislador al momento de normar las pautas vinculadas a la privación de la libertad en manera cautelar (...) Cada caso debe ser analizado con absoluta mesura y prudencia en el contexto en el cual se produce. No es un hecho simple, lineal, menor. Estamos ante un hecho de una entidad muy fuerte y de un dinámica especifica”, afirmó.  "El señor V. H. C habría terminado con lesiones, por lo cual tiene que ser trasladado de manera inmediata a un centro asistencial y siendo que en dos ocasiones sobre este supuesto, habría dado identidades falsa. Me parece que no ha habido de manera alguna, y analizado en todo este contexto, un desentendimiento o inoperancia de la parte acusadora respecto de fijar o respetar las normas que establece el Código. Al contrario, téngase en cuenta que esta audiencia fue celebrada el domingo en horas del mediodía, en la cual se dispuso la medida de coerción. ¿Mutaría todo este contexto si esa audiencia se hubiese celebrado en horas de la mañana? ¿Seríamos absolutamente respetuosos unas hora antes o contradictorios unas horas después? Me parece que a eso no apunta el espíritu de la legislación. Entiendo que apunta a que se respete al máximo las garantías, y es lo que entiendo que acá ha ocurrido. No ha habido a ese respecto una laxitud o liviandad por parte de la parte acusadora”. 

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