Debido a un descomunal atraso en el cumplimiento de una orden judicial, la obra social de los empleados de Comercio (Osecac) deberá indemnizar con 250 mil pesos a un afiliado de la provincia de Río Negro.
La multa es por haberse demorado más de un año en cumplir una sentencia de amparo, que le ordenaba cubrirle un tratamiento de fertilización asistida a él y su pareja.
La mutual había apelado pero, ahora, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó la apelación y dejó firme la resolución de la jueza Civil de Roca, María del Carmen Villalba.
La sentencia tuvo el voto rector del juez Sergio Barotto y la adhesión de sus pares Liliana Piccinini y Adriana Zaratiegui.
Surge del fallo que la cobertura se ordenó el 14 de noviembre de 2016 y que ante el incumplimiento comenzaron a acumularse 5.000 pesos diarios de multa, que luego se elevaron 10 mil.
Según se acreditó, el incumplimiento se mantuvo hasta febrero de 2018, cuando la obra social finalmente emitió las autorizaciones y se pudo iniciar el tratamiento de fertilización en un centro especializado de Bariloche.
Fuentes judiciales indicaron que la suma aritmética por los días de incumplimiento arrojaba un monto superior a 1.270.000 pesos. Pero, a criterio judicial, “resultaba exorbitante a la luz del costo que tiene el tratamiento médico” reclamado, por lo que la jueza de primera instancia fijó una morigeración de hasta 250 mil pesos.