La empresa Tappata fue condenada a indemnizar con 366.094,33 pesos e intereses a un trabajador que cayó desde una altura de 2,5 metros, mientras trabajaba en la construcción de un edificio.
Así lo dispuso la Sala Tercera de la Cámara Civil de Neuquén, al revocar un fallo de primera instancia que responsabilizaba al operario por no haber utilizado elementos de seguridad.
El trabajador, Pablo S. que al momento del accidente tenía 50 años, denunció el “obrar negligente” de la constructora, con el argumento de que le ordenaron que se ubicara sobre un encofrado que no estaba bien armado y que se vino literalmente abajo.
Expuso, además, que no le habían entregado casco, calzado adecuado, arnés, guantes y ni ropa de trabajo, y que en la obra no tenían camilla.
El accidente ocurrió el 12 de enero de 2009, el fallo de primera instancia sobrevino el 4 de noviembre de 2016, y los jueces de Cámara Marcelo Medori y Fernando Ghisini dictaron sentencia el 7 de agosto último.
En el expediente consta que al caer desde el encofrado, el operario se fracturó el sector dorso lumbar de la columna, lo que derivó en un tratamiento quirúrgico y en una limitación funcional.
El trabajador contó que se encontraba armando hierros sobre el encofrado que “se arma para comenzar el esqueleto del edificio”; y uno de los testigos declaró que ambos estaban en el mismo sector y “se le vino abajo el encofrado” sobre el que estaba parado.