A través de una decisión administrativa que lleva el Nº 888, publicada este miércoles en el Boletín Oficial con la firma del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y la canciller Diana Mondino, el Gobierno dispuso una serie de cambios en el régimen de viáticos, pasajes y alojamientos para funcionarios en viajes oficiales al exterior. Desde ahora, el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos será el encargado de autorizar dichos traslados.
Esta modificación condiciona a que desde ahora los viajes deberán ser informados a la Jefatura de Gabinete, “independientemente del rango del funcionario involucrado”, mediante un formulario oficial presentado durante los 10 días hábiles previos al traslado. Para eso, el Gobierno seleccionará la aerolínea que realice “la ruta más corta y cuente con la tarifa más apropiada”.
Asimismo, “Los traslados en cumplimiento de misiones o comisiones al exterior de carácter oficial deberán efectuarse por la vía más corta y de menor costo”, señaló la medida. De esta manera, ya no será obligatorio viajar por Aerolíneas Argentinas por cuestiones oficiales. Además, se aclara que los pasajes “deberán emitirse por una misma aerolínea, en ruta de ida y vuelta, cuando esta fuese la opción más económica, con carácter de no endosable y reintegrable únicamente en la oficina de origen”.
Respecto al pago de los costos de alojamiento y comidas, se indicó que cuando las invitaciones garanticen la cobertura de los alimentos se liquidará como máximo un 50% de los viáticos que corresponden, mientras si la invitación incluye el alojamiento, no se pagará ningún tipo de monto por este concepto.
Cambios aplicados por el Gobierno a los viajes oficiales de su gabinete
El Poder Ejecutivo modificó el régimen de viáticos, alojamientos y pasajes para funcionarios en viajes oficiales al exterior. A partir de esto, el encargado de autorizar dichos traslados de ministros y secretarios será el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, quien exigirá la presentación de un “Informe de Planificación de Gestión Internacional”, para acceder a dicha autorización.
El rango de los diferentes funcionarios dispondrá del tipo de pasaje, según este detalle:
Los funcionarios comprendidos en el Grupo A -de nivel de ministro o superior- podrán utilizar pasajes en clase ejecutiva.
En el caso del traslado de funcionarios con rango de secretario, solo podrán utilizarse pasajes en clase ejecutiva para viajes de duración mayor a 8 horas, debiendo contar con la previa autorización del titular de la jurisdicción o entidad de la que dependan;
A los funcionarios comprendidos en los Grupos B, C y D, de subsecretario para abajo se les proporcionarán pasajes en clase económica.
Del mismo modo también se limitaron las comitivas oficiales que integren los traslados por misiones al exterior de carácter oficial a un máximo de “un funcionario o una autoridad por cada evento o actividad internacional reconocido e impostergable para los intereses del Estado nacional”.
Se indicó además que dentro de los cinco días hábiles a su regreso al país, los funcionarios tendrán que presentar una declaración jurada con el resultado de la gestión y una rendición de viáticos y gastos de alojamiento. En caso contrario, podrían iniciarse “actuaciones sumariales” en su contra.
También se modifican los viáticos diarios para alojamiento en viajes oficiales
De acuerdo a la misma decisión administrativa 888, el otorgamiento de la asignación por viáticos o por gastos de alojamiento se realizará “desde el día en que el funcionario o autoridad comience la misión hasta el día en el que regrese” al país ambos inclusive. Para eso, deberán cumplir los siguientes criterios:
Cuando en las invitaciones se garantice al funcionario o autoridad la cobertura de comida se liquidará, como máximo, un 50% de los viáticos que le correspondieren;