El Gobierno estableció cambios a partir de este lunes para quienes quieran acceder a una pensión por invalidez. Las modificaciones se concretaron a través del Decreto 843/2024 publicado en el Boletín Oficial. De este modo, se limitan las condiciones requeridas para acceder a una pensión por invalidez.
En un primer relevamiento, se vio que 10.900 pensiones de 330.000 en la región metropolitana eran irregulares. La mayoría de los beneficiarios no vive donde había declarado y menos de la mitad cumple con los requisitos para acceder a esa prestación. Equipos de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) fueron los encargados de hacer el relevamiento.
A partir de ahora, para acceder a las Pensiones no Contributivas, el solicitante deberá acreditar Identidad y Residencia. Para los naturalizados se exigen, al menos de tres años de residencia en el país. En el caso de los extranjeros, se piden diez años. Además, se debe tener menos de 65 años.
Por otra parte, no se permite tener empleo formal ni ser titular de otras prestaciones. Para menores de edad, no debe haber parientes con obligación legal de alimentarlos, a menos que estén imposibilitados de hacerlo. También se excluye la posibilidad de contar con cónyuges o parientes que puedan brindar atención alimentaria con ingresos suficientes. Además, las pensiones no son compatibles con la titularidad de bienes. Por último, los titulares de pensiones no pueden estar detenidos ni a disposición de la justicia.
En la provincia de Neuquén, Santiago del Estero, Santa Cruz, La Pampa o Tierra del Fuego, además del Certificado Médico Oficial (CMO) hay que presentar el informe catastral con sello del organismo emisor a tu nombre (o de tu cónyuge/conviviente) o, si se es menor de 18 años, a nombre de tus padres o tutor.