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Lunes 29 de Diciembre, Neuquén, Argentina
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La Justicia declaró la nulidad del protocolo antipiquetes

Un juez consideró que vulnera derechos constitucionales básicos. El Gobierno podrá apelar la resolución en instancias superiores.

Por Redacción

Lunes, 29 de diciembre de 2025 a las 18:05
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El fallo devuelve a la Justicia la decisión sobre el uso de la fuerza en protestas.

La Justicia declaró la nulidad del protocolo antipiquetes que había sido implementado por la ex ministra de Seguridad Patricia Bullrich para intervenir en manifestaciones sociales y cortes de calles. La decisión fue tomada por el juez Martín Cormick, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 11, quien consideró que la medida vulnera derechos constitucionales básicos.

El fallo responde a una acción de amparo presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que cuestionó el marco de actuación de las fuerzas de seguridad establecido en la resolución 943/2023. Según el magistrado, el Poder Ejecutivo no puede dictar normas que limiten derechos como la libertad de expresión, de reunión y de protesta, pilares centrales del sistema democrático.

El protocolo permitía una intervención inmediata de las fuerzas de seguridad ante cualquier corte de calle, bajo la premisa de que se trataba de delitos cometidos en flagrancia. Para el juez, una protesta social no puede ser equiparada automáticamente a un delito penal, ni justificar un accionar represivo sin orden judicial previa.

En su resolución, Cormick dejó en claro que la decisión de intervenir con fuerza pública debe quedar en manos de un juez y no de funcionarios del Ejecutivo o de jefes policiales. De ese modo, el fallo vuelve a colocar el control de este tipo de situaciones dentro del ámbito judicial.

El magistrado también fue crítico con las tareas de inteligencia que habilitaba el protocolo, como el registro fotográfico y fílmico de manifestantes para identificar a quienes participaban de las protestas. Según señaló, estas prácticas violan la Ley de Inteligencia Nacional, que prohíbe al Estado recolectar información sobre personas por razones ideológicas, políticas o de pertenencia a organizaciones.

Otro punto cuestionado fue que el protocolo no contemplaba un trato diferenciado para grupos vulnerables, como niños, adolescentes, adultos mayores o personas con discapacidad, que requieren una protección especial en contextos de protesta social.

Por estos motivos, el juez exhortó al Ministerio de Seguridad a abstenerse de aplicar el protocolo antipiquetes y a adecuar su actuación a lo establecido en el Código Procesal Penal vigente.

De todos modos, el fallo no está firme y el Gobierno tiene la posibilidad de apelar la decisión ante instancias superiores de la Justicia.

Cabe recordar que la semana pasada el mismo juez ya había ordenado al Gobierno cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario, en otro pronunciamiento de alto impacto institucional.

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