Vaca Muerta
YPF y Chevrón
Vaca Muerta hoy no es una promesa. Es una realidad en dónde YPF y Chevron invirtieron 2500 millones de dólares. Se alcanzó una producción promedio de 31.900 barriles de petróleo equivalentes diarios, con un total de casi 270 pozos perforados y más de 10.000 puestos de trabajos entre directos e indirectos. Estos resultados ubican al proyecto como el segundo yacimiento con más producción del país y el primero del mundo fuera de los Estados Unidos en no convencional.
En relación al desarrollo con Chevron, es importante señalar que se trata de un acuerdo comercial firmado entre dos empresas privadas y que no hay ni un decreto ni una ley para favorecer exclusivamente a Chevron. Todas las normas sancionadas son para favorecer a la Argentina y asegurar a los inversores que el país puede ofrecer condiciones competitivas para producir petróleo y gas.
YPF informó los aspectos materiales del Acuerdo en los Hechos Relevantes del 16 de julio, 28 y 29 de agosto y 10 de diciembre de 2013 y 10 de abril de 2014; los Estados Contables auditados que fueron presentados ante la Comisión Nacional de Valores y la Bolsa de Comercio de Buenos Aires; y el informe anual (20F) que fue informado a la SEC de Nueva York.
Todas estas comunicaciones al mercado fueron acompañadas por sus respectivos comunicados de prensa. Además, el 29 de agosto, el propio presidente de YPF, Miguel Galuccio, y el presidente de Chevron para las operaciones de exploración y producción en África y América Latina, Ali Moshiri, encabezaron una conferencia de prensa para explicar en profundidad todos estos aspectos del acuerdo.
Es necesario aclarar, una vez más, que YPF es una Sociedad Anónima, según el artículo 15 de la Ley 26.741, y que cumplió con todas las obligaciones que surgen de la Ley de Sociedades Comerciales, por ser una empresa que cotiza en la Bolsa de Buenos Aires y en la de Nueva York.
Cabe destacar que la justicia competente rechazó en dos instancias el pedido tendiente a acceder al contrato celebrado entre YPF y Chevron. En dicha oportunidad, se reconoció que "YPF debe recibir el tratamiento de una sociedad anónima regida por el capítulo II, Sección V de la ley 19.550, no encontrándose alcanzada por el régimen de acceso a la información pública”. Estas decisiones reafirman que todo lo actuado por YPF se encuentra dentro de la legalidad.
El éxito del proyecto parece incomodar a determinados intereses que buscan generar sospechas sobre supuestos secretos y cláusulas abusivas, tratando de sembrar incertidumbre a potenciales inversores. Y no hay dudas que situaciones como esta, en dónde se violan los más elementales resguardos de la información, ponen en peligro no solo la continuidad del propio proyecto, sino de inversiones futuras.
Fuente: Prensa YPF