El tribunal integrado por los jueces Ana Malvido, Alejandro Cabral y Héctor Rimaro declaró hoy, por unanimidad como, autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la situación de guarda y aprovechando la convivencia preexistente con una niña menor de 18 años de edad, en carácter de delito continuado.
Fundamentalmente, el tribunal tuvo en cuenta, en primer lugar, el examen médico y en el que se constataron los signos físicos de acceso carnal. Y en segundo, para definir al acusado como el autor del abuso, se apoyó en el testimonio que brindó la niña en la cámara Gesell.
Cabe recordar que en este caso se realizaron dos procedimientos de este tipo, pero los jueces sólo tuvieron en cuenta el primero, ya que consideraron que el segundo había sido contaminado.
"Entendemos que la segunda, a los efectos probatorios, no se puede tomar en cuenta porque consideramos que ha sido contaminada”, indicó al respecto el juez Cabral, quien a partir de las conclusiones de los peritos que intervinieron, consideró que el la segunda Cámara Gesell no era necesaria para la causa.
Antes de finalizar la audiencia, la jueza Malvido se dirigió a las partes e instó, principalmente a la acusación, a "tener mayor cuidado” en el manejo de las causas.
"Hay que tener cuidado cuando la víctima es una niña menor de edad porque, quizás con una razón lógica o loable intención de buscar la justicia, se pueden realizar actos que puedan contaminar o, luego, perjudicar la investigación”, planteó la jueza.