FALLO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO E INFANCIA

Abusó de una nena de 4 años y fue considerado culpable

El jugador de básquet Facundo Brizuela jugó en Del Progreso en la temporada 2018/2019.
miércoles, 1 de septiembre de 2021 · 09:43

El llanto de la madre de la pequeña le impedía hablar, sólo reconoció la perspectiva de género y niñez utilizada por el juez de Juicio para emitir la sentencia. Es que luego de años de tensión tras conocer el padecimiento de su pequeña de sólo 4 años, realizó la denuncia y tuvo que someter a su niña a diferentes tratamientos para lograr el equilibrio emocional de la niña, como también iniciar una lucha para que se haga Justicia. Finalmente, Maximiliano Camarda resolvió favorablemente y consideró al jugador de básquet Facundo Brizuela autor del delito de "abuso sexual simple agravado por el vínculo por la guarda y convivencia preexistente".

El deportista de 42 años fue acusado de haber realizado tocamientos a la menor durante su estadía en General Roca, donde llegó en 2018 para jugar la Liga argentina con el club Del Progreso. En aquel momento el experimentado técnico Daniel Jaule lo presentó como refuerzo con experiencia que iba a colaborar para transmitirle valores a los pibes del club.

A las 8.30 como estaba previsto, el juez de Juicio comenzó la lectura del fallo que se dio a conocer a través de la plataforma Zoom. La sentencia, cargada de perspectiva de género y niñez, coincidió con los términos utilizados por la fiscal Belén Calarco durante la acusación y elevación a juicio.

Camarda reconoció que hay que saber escuchar a las víctimas que dicen su padecimiento cómo pueden y cuándo pueden y que es responsabilidad de los funcionarios saber interpretar esos indicios. Además de mencionar diversos fallos de la Justicia provincial que sentaron precedentes. 

Al valorar la prueba presentada en el juicio, destacó las declaraciones en Cámara Gesell que brindó la niña, en la que relató los tocamientos, así como los informes periciales, las declaraciones testimoniales de los y las profesionales que asistieron a la víctima y a su madre tras el descubrimiento de los hechos y los registros de audios y comunicaciones que se registraron inmediatamente después de que la niña contara por primera vez lo ocurrido.

El juez fundamentó que en este tipo de delitos, que “ocurren entre cuatro paredes, el testimonio de la víctima resulta el testimonio más relevante”. También destacó que los niños y niñas que resultan víctimas de abuso logran contar lo sufrido “como pueden, cuando pueden y ante quien pueden”, por lo que un develamiento tardío no es un indicio de falsedad. En este caso, la niña pudo relatar a su madre lo ocurrido cuatro meses después, en medio de una crisis de angustia.

Por otra parte, en función de la prueba exhibida, el juez concluyó que no existió ningún “complot de la madre contra el imputado” ni tampoco hay “nada que lleve a pesar que los dichos de la niña hayan sido malinterpretados por todos los adultos que intervinieron luego del develamiento

En una próxima instancia se desarrollará la cesura, que consiste en determinar la pena que debe cumplir Brizuela por el delito considerado culpable.

De acuerdo con la información brindada por una fuente ligada a la causa, el pivote de 2,03 metros de altura tuvo que regresar a Roca la semana pasada para enfrentar el proceso, ya que los hechos relatados por la pequeña a su madre y luego ratificados en Cámara Gesell, se desarrollaron en esa ciudad.

El informe de diagnóstico clínico como de las profesionales y la psicopedagoga tratante coincidieron con los expresado por la niña en Cámara Gesell y esa fue la principal prueba que tuvo la fiscal para poder acusar al deportista nacido en Bahía Blanca pero que jugó en distintos clubes del país. Su última participación fue en Villa Ángela en Chaco.

 

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