El abogado denunciante,Jorge Alberto Fernández, se presentó este lunes en oficinas de la Fiscalía de la IV Circunscripción Judicial, para presentar una denuncia imputando al intendente de San Martín de los Andes, Juan Carlos Fernández, "por incumplimiento de funcionario público”.
La denuncia está basada en la creación del Banco de información oficial electrónico en línea, presentada por el concejal Alberto Bruno y aprobada por el Concejo Deliberante. La ordenanza de creación del mismo, había sido vetada parcialmente –en un primer momento- por el propio jefe comunal; pero luego fue corregida y aprobada nuevamente por el cuerpo legislativo, dando lugar a la Ordenanza 9557/12.
Las principales correcciones del Deliberante estuvieron enfocadas en el plazo que el municipio tendría para aplicar la norma, ya que el veto de Fernández justamente había girado en torno a la imposibilidad de aplicarlo a la brevedad. Allí, se le dieron 120 días corridos para la aplicación de la ordenanza.
El 23 de noviembre del año 2012, la "nueva” ordenanza fue publicada en el Boletín Oficial. Según explica Jorge Fernández en su denuncia, se trató de la edición número 433 del mismo.
La denuncia especifica que "atento al plazo otorgado al ejecutivo para la implementación de la norma – 120 días corridos desde su publicación -, y considerando que la fecha para empezar a contar el plazo de esos 120 días corridos es el día 28 de noviembre– Art. 49 de la Carta Orgánica del Municipio de San martín de los Andes -, surge que en fecha 28 de marzo del año 2.013 se debió haber puesto en funcionamiento y al servicio de la ciudadanía el Banco de Información Oficial Electrónico en Línea, lo que en los hechos nunca ha ocurrido”.
"Importancia trascendental de la implementación”
La publicidad de los actos públicos es una de las características intrínsecas del orden republicano de gobierno adoptado por nuestro país.
Ocultamiento y Delito
Según Jorge Fernández en su denuncia, el intendente Fernández entonces ha "materializado el ocultamiento de actos públicos cuyo derecho a su debido conocimiento ha sido sustraído de ciudadanía”, al no poner en funcionamiento el banco electrónico de información creado por la ordenanza.
Fuente:laotracaradigital