Mediante un escrito, el funcionario judicial justificó el pedido en el riesgo de fuga existente, ya que cuando el imputado fue descubierto por los vecinos mientras ocurría el ataque, y con la Policía en el lugar, intentó fugarse. También en la existencia de riesgo de entorpecimiento de la investigación, debido a que el auto en el cual trasladó a la joven, fue ocultado por el sospechoso.
"No hay motivación suficiente cuando la Magistrado refiere que no hay elementos que justifiquen el encierro preventivo del imputado, y por otra parte cuando erróneamente interpreta que no ha quedado demostrado que el imputado no se someterá al procedimiento u obstaculizara la investigación”, afirmó el funcionario judicial en referencia a la decisión adoptada por la jueza de Garantías Ana Malvido.
De acuerdo a la investigación del Ministerio Público Fiscal, la teoría del caso es que el hecho ocurrió el pasado 2 de mayo alrededor de las 7 de la mañana. "Tras haberla agredido (a la víctima) a la salida de un local bailable, (el imputado) la trasladó en un vehículo – que no ha sido hallado aún- a un sitio de la vía publica, (Calles Potente y Thomas del Barrio Toma La Huerta de esta ciudad)”. Luego, en un zanjón "fue sorprendido `in fraganti´, con los pantalones bajos, por vecinos que acudieron a los pedidos de ayuda” de la mujer.
El fiscal jefe sostuvo que "el desprecio total hacia la Ley, como a las buenas y sanas costumbres de convivencia, y a la sociedad toda , quedan evidenciadas con la deleznable conducta desplegada por el imputado, que no cesó hasta que llegó el auxilio de los vecinos en resguardo de la integridad física de la joven, que ya había sido agredida: y que aún así, y con la Policía presente , se intentó fugar, siendo atrapado a metros del lugar”.
Agregó que "nada garantiza, que ante tamaña ilícita conducta de reproche penal, cometida ante la vista de los habitantes de esta ciudad, el imputado no intente , una vez más profugarse; máxime cuando está más que probado por los testigos presenciales lo que ha ocurrido, y su responsabilidad será pasible de una considerable pena restrictiva de la libertad , que tratará sin dudas de evitar ( art. 115 del C.P.P.C. " a contrario sensu”).
También manifestó "pero no sólo ello, porque a la fecha, el vehículo en el que trasladó a la víctima, no ha podido ser encontrado debido al ocultamiento que el imputado llevó a cabo, circunstancia que demuestra claramente su intención de entorpecer la investigación”.
El imputado fue acusado formalmente el pasado 2 de mayo, en una audiencia de formulación de cargos realizada en Yrigoyen 175 de la ciudad de Neuquén. La jueza de Garantías que intervino fue Ana Malvido. El delito imputado por el representante del Ministerio Público Fiscal fue abuso sexual con acceso carnal (artículo 119, tercer párrafo del Código Penal).
En la audiencia, el fiscal jefe solicitó la prisión preventiva del sospechoso, pero la magistrada consideró que el riesgo de fuga no había sido acreditado por el funcionario judicial. Por este motivo, le impuso a C. R la prohibición de acercarse a la víctima y el compromiso de permanecer en la ciudad en el contexto de la investigación.