JUDICIALES
Río Negro, condenado a pagar 2 millones a empleada doméstica
Una empleada doméstica tuvo que esperar un año para ser intervenida. Falló la Justicia a su favor.Una mujer que trabajaba de empleada doméstica, y que tuvo que esperar un año para ser intervenida quirúrgicamente por demoras en la tramitación de la obra social, recibirá por fallo judicial un resarcimiento económico de casi 2 millones de pesos, que deberá pagar el Estado rionegrino.
Así lo dispuso la Cámara de Apelaciones en lo Civil de General Roca, que condenó al Estado Provincial por "los graves perjuicios que, a causa de deficiencias del servicio de Salud Pública, sufrió una mujer que debió esperar un año para ser intervenida quirúrgicamente”.
La damnificada es una mujer de unos 45 años que trabajaba como empleada doméstica y que padece una luxación congénita de cadera con secuela de poliomielitis en una de sus piernas.
En abril de 2004, durante la realización de un estudio de diagnóstico, sufrió una luxación de la prótesis que tenía colocada, lo que demandó el requerimiento médico de una nueva prótesis y de una derivación para cirugía al hospital Fernández de Buenos Aires.
La intervención se pautó para mayo de ese mismo año, pero debió postergarse durante un año. Según se acreditó en el expediente, la orden de provisión de prótesis para el reemplazo total de cadera fue emitida por el Ministerio de Salud en marzo de 2005 y los pasajes para viajar a Buenos Aires se entregaron en abril de ese año.
La sentencia consideró acreditado que esa demora de 12 meses originó una infección en la prótesis dañada, lo que complicó su cuadro clínico y forzó la realización de dos intervenciones quirírgicas sucesivas, más complejas y de extenso tratamiento post operatorio.
La sentencia tuvo el voto rector del juez Víctor Soto (foto) y la adhesión de su par Gustavo Martínez. En instancia de apelación ratificó lo resuelto oportunamente por el Juzgado Civil de primera instancia en cuanto a que se trata de "un supuesto de responsabilidad del Estado por carencia de servicio", pero incrementó el monto de la indemnización de daños y perjuicios, haciendo lugar al recurso que había planteado la damnificada.
El fallo de primera instancia había condenado a la Provincia a abonar a la mujer un resarcimiento de 311.116 pesos, más intereses, pero la Cámara, tras valorar las circunstancias del caso, el impacto inflacionario, sus propios precedentes en causas similares y la doctrina fijada por el Superior Tribunal de Justicia, elevó la indemnización a 1.920.930 pesos, con sus respectivos intereses hasta la fecha efectiva de pago.