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Rechazan demanda colateral del caso Teresa Rodríguez
La había presentado un policía que fue detenido y luego sobreseído. Quería un resarcimiento por eso, pero su reclamo no prosperó.En una sentencia definitiva que acaba de conocerse, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) rechazó la demanda que un policía al que se investigó por la muerte de Teresa Rodríguez, había presentado contra la Provincia del Neuquén al considerarse perjudicado por un presunto "error judicial”.
Fuentes judiciales explicaron en tal sentido que Hugo Rudolf había interpuesto una demanda por 40 mil pesos (e intereses), en reclamo de un resarcimiento, al que aspirada con el argumento de haber sido detenido y luego sobreseído.
En su presentación, Rudolf había relatado que desde el 9 de noviembre de 1994 se desempeñaba como funcionario policial, y que en el 12 de abril de 1997 asistió a prestar servicios al puente ubicado en la avenida Mariano Moreno de Plaza Huincul.
Sostuvo que ese día, producto del enfrentamiento entre manifestantes y la Policía, se ocasionó la muerte de Teresa Rodríguez. Y dijo que, como consecuencia de ello, se inició una causa por homicidio simple.
Destacó que en esa causa se ordenó su detención, se lo procesó y se le dictó prisión preventiva, lo que le significó -dijo- "el desprecio de la comunidad”.
Destacó que, luego, el juzgado de Instrucción dictó su sobreseimiento, pero ya había estado "más de sesenta días” detenido.
Ahora, al analizar la causa, los jueces del TSJ Ricardo
Kohon y Oscar Massei, destacaron que el Estado no puede ser responsabilizado
por el ejercicio de su actividad judicial, en tanto el mismo sea legítimo. Concluyeron
que el hecho de haber sido revocada la decisión de la magistrada no significa
per se un error en su decisorio.
"No se advierte que la decisión de la Jueza de
Instrucción que ordenó el procesamiento con prisión preventiva (…) resulte
infundada, puesto que en el estado procesal en el que se hallaba la causa,
encontró en la prueba aportada elementos de convicción suficientes para estimar
que existió el hecho delictuoso y que el imputado era el autor”, dice el
expediente que se inició allá por 2005 y se resolvió este año.