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Miércoles 26 de Noviembre, Neuquén, Argentina
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La Legislatura aprobó la normativa que aliviará la presión tributaria sobre las pymes

A través de un tratamiento sobre tablas, el cuerpo dio luz verde en la sesión de hoy por amplia mayoría al proyecto impulsado por el Gobierno, el cual plantea cambios sustanciales en Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario e Impuesto sobre Sellos.

Por Redacción

Miércoles, 26 de noviembre de 2025 a las 12:29
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En el marco de la sesión número 25 que llevó adelante la Legislatura de Neuquén, se aprobó la Ley Impositiva 2026 que deroga la Ley 3479 que estaba vigente en la Provincia.


Se trata de una normativa que plantea cambios sustanciales en Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario e Impuesto sobre Sellos, con el objetivo de aliviar la presión tributaria que rige sobre las pymes y las medianas empresas de la Provincia.


En principio, el proyecto de ley estaba estipulado para ser tratado en la sesión pactada para el 10 de diciembre, pero finalmente el bloque oficialista en el recinto (Comunidad) solicitó su tratamiento sobre tablas en la sesión de hoy, lo cual no fue objetado.


Por ese motivo, el proyecto de ley obtuvo el respaldo de 28 de los 30 diputados presentes en el recinto al momento de la votación. Solamente se opusieron a la aprobación de la iniciativa los representantes del Frente de Izquierda, Andrés Blanco y Julieta Ocampo.


Como se mencionó anteriormente, el proyecto de ley prevé una reducción de la alícuota sobre los impuestos en cuestión, principalmente el de Ingresos Brutos, aunque también recae sobre el Impuesto Inmobiliario y el Impuesto sobre Sellos.


Marcelo Bermúdez, representante del bloque PRO-NCN y miembro informante de la iniciativa, explicó que la modificación más importante está en el Artículo 7.


“Cuando la suma de ingresos declarados o determinados por la Dirección Provincial de Rentas para el ejercicio fiscal inmediato anterior atribuible a la totalidad de las actividades gravadas, exentas y no gravadas de la jurisdicción Neuquén no supere los $250.000.000 y siempre y cuando se trate de contribuyentes categorizados como microempresa según el artículo 1.º del Título I de la Ley Nacional 25.300 (Ley de Fomento para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa), sus modificatorias y complementarias, la alícuota será del 2%”, describe el artículo.


“Cuando la suma de ingresos declarados o determinados por la Dirección Provincial de Rentas para el ejercicio fiscal inmediato anterior atribuible a la totalidad de las actividades gravadas, exentas y no gravadas de la jurisdicción Neuquén sea mayor a $250.000.000 e inferior a $500.000.000, y siempre y cuando se trate de contribuyentes categorizados como microempresa según el artículo 1.º del Título I de la Ley Nacional 25.300, la alícuota será del 2,5%”, añade el artículo en su proyecto de ley.


“Cuando la suma de ingresos sea mayor a $500.000.000 e inferior a $750.000.000, y siempre y cuando se trate de contribuyentes categorizados como microempresa, la alícuota será del 3%. Cuando la suma de ingresos sea mayor a $750.000.000 e inferior a $1.000.000.000, y siempre y cuando se trate de contribuyentes categorizados como microempresa, la alícuota será del 3,5%. Cuando los ingresos superen el monto máximo previsto en el párrafo precedente, la/s alícuota/s aplicable/s será/n la/s establecida/s para cada actividad de acuerdo con el artículo 4.º de la presente ley”, concluye.

Código Fiscal de la Provincia

En segundo término, se aprobó en la sesión la modificación de una serie de artículos del Código Fiscal de la Provincia. 


El Artículo 2 de la iniciativa señala: “Se fijan los valores de las multas a los que se refieren los artículos 56, 57, 58 y 65 bis del Código Fiscal provincial, de acuerdo con el siguiente detalle: 


A) Artículo 56: graduable entre la suma de $109.720 y la de $1.252.160. B) Artículo 57: graduable entre la suma de $182.910 y la de $2.509.260. C) Artículo 58: la suma de $76.830 si se trata de contribuyentes o responsables unipersonales. Se elevará a $153.660 si se trata de sociedades, asociaciones o entidades de cualquier clase, constituidas regularmente o no. D) Artículo 65 bis: la suma de $214.760 por cada declaración jurada”.

Regionalización judicial

Por otro lado, la Legislatura aprobó en la sesión de este miércoles el proyecto de ley impulsado por el Poder Judicial que propone una reconfiguración de las circunscripciones de la Justicia. Esto es, que pasen de cinco a siete acorde al Plan de Regionalización que está vigente en la Provincia y que divide al territorio en siete regiones para atender las demandas de cada una de ellas.

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