La Justicia rionegrinai ordenó el cese inmediato de la actividad nocturna de un salón de eventos en Catriel, tras comprobar que durante más de cuatro años dos vecinos padecieron ruidos insoportables que les impedían dormir. El fallo exige insonorizar el local antes de volver a funcionar y, además, establece una indemnización económica para las víctimas.
Todo comenzó como una pesadilla que se repetía cada fin de semana. La música atronadora del salón Juanse, ubicado en la esquina de Polonia y Justa Cortez, atravesaba paredes y ventanas, invadía las casas y convertía las noches en un tormento. Los vecinos afectados describieron que no había forma de escapar: el sonido se metía en sus dormitorios, les robaba el descanso y les alteraba la rutina diaria.
Reclamos ignorados
Primero fueron las quejas informales. Luego, los pedidos ante la Municipalidad y distintos organismos públicos. Pero la respuesta fue siempre la misma: silencio. El salón seguía funcionando como si nada, con fiestas que se extendían hasta la madrugada y con disturbios en la vía pública que completaban el cuadro de caos. Frente a la indiferencia oficial, los vecinos decidieron dar un paso más: enviaron cartas documento y finalmente iniciaron una acción judicial.
El punto de quiebre llegó con una pericia técnica. Los especialistas confirmaron lo que los vecinos venían denunciando: el nivel de ruido superaba ampliamente los límites tolerables. Esa prueba fue clave para que el fuero Civil de Cipolletti dictara una sentencia contundente: el salón debía cesar su actividad hasta que se insonorice correctamente.
Una victoria después de años de insomnio
La resolución judicial no solo ordenó el cierre temporal del local, sino que también reconoció el daño sufrido por los vecinos con una indemnización económica. Para ellos, fue el final de una batalla desgastante que duró más de cuatro años. "Nos robaron el descanso, nos robaron la tranquilidad", expresaron en su reclamo.
Si bien el titular del local presentó documentación que acreditaba la habilitación comercial, el expediente municipal también contenía advertencias de una especialista en higiene y seguridad. En ese documento, se recomendaba realizar obras de aislamiento acústico integral para evitar molestias, incluyendo la colocación de materiales absorbentes en techos, paredes, puertas y ventanas. No se acreditó que esas obras se hubieran concretado.
Con base en estas pruebas, el fallo ordena el cese inmediato de los ruidos que emanan del salón. La actividad solo podrá continuar una vez que se realicen las obras necesarias para aislar el sonido de forma integral y que se verifique mediante una nueva pericia que los niveles no superan el límite permitido dentro de las viviendas. La sentencia es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelada.
Además de ordenar el cese de la actividad sonora, el fallo estableció una reparación económica por el daño sufrido. El tribunal reconoció que los ruidos afectaron de forma sostenida la tranquilidad, el descanso y la vida cotidiana de ambas personas. Por ese motivo, resolvió otorgar una indemnización de 950.000 pesos para cada una, lo que suma un total de 1.900.000 pesos en concepto de daño extrapatrimonial.
El juez tuvo en cuenta no solo la magnitud del ruido, sino también el tiempo transcurrido, los intentos por resolver el conflicto por vía administrativa y las gestiones personales que debieron realizar para preservar su derecho a vivir en un entorno habitable.