La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó modificaciones en el Impuesto a las Ganancias que entraron en vigor desde el 1 de julio de 2025. Estas actualizaciones ajustan los mínimos imponibles y las escalas impositivas, tomando en cuenta la evolución económica nacional y la situación familiar de los contribuyentes.
Los nuevos parámetros contemplan diferentes categorías según el estado civil y la cantidad de hijos a cargo. Para los trabajadores solteros sin hijos, el salario bruto mínimo imponible oscila entre $2.280.647 y $2.625.013. En cambio, quienes tienen un hijo menor de 18 años deben considerar un rango mayor, que va desde $2.467.309 hasta $2.839.869.
Por otro lado, los contribuyentes con cónyuge y un hijo menor cuentan con un mínimo imponible que fluctúa entre $2.837.624 y $3.266.107. En el caso de quienes poseen cónyuge y dos hijos menores, el rango se extiende entre $3.005.029 y $3.458.887 en salario bruto.
Los empleadores están obligados a aplicar estos nuevos valores a los salarios devengados a partir de julio. En situaciones donde los sueldos hayan sido liquidados sin contemplar estos ajustes, las empresas deben recalcular el impuesto correspondiente y devolver a los trabajadores cualquier excedente detectado.
Para facilitar la gestión de beneficios fiscales, ARCA mantiene activo el sistema Siradig-Trabajador, una plataforma digital que permite a los contribuyentes aplicar diversas deducciones. Entre las deducciones disponibles se encuentran gastos por hijos, cónyuges sin ingresos, alquileres, servicio doméstico y medicina prepaga.
Además, se incluyen deducciones por honorarios médicos, donaciones, seguros de vida y gastos educativos. La normativa vigente también establece topes específicos para los intereses de préstamos hipotecarios y la indumentaria de trabajo, que los contribuyentes deben considerar al momento de realizar sus declaraciones.