La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció una importante flexibilización en el régimen de exclusión de retenciones, percepciones y pagos a cuenta del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a través de la Resolución General 5774/2025, publicada el martes 21 de octubre en el Boletín Oficial.
Esta nueva normativa simplifica el procedimiento para los contribuyentes que reciben subsidios estatales, compensaciones tarifarias o fondos de asistencia económica otorgados por el Estado Nacional, así como para quienes tributan con alícuotas reducidas del IVA. La medida está orientada especialmente a quienes no cuentan con un régimen de devolución de saldos técnicos del gravamen operativo.
En estos casos, el juez administrativo competente podrá resolver los recursos presentados sin exigir el cumplimiento del inciso h) del artículo 4° de la Resolución General 2226, que anteriormente requería mantener una “relación coherente entre los débitos y créditos fiscales declarados en cada período” y evitar saldos técnicos recurrentes a favor del fisco, salvo excepciones.
Cuando la resolución sea favorable al reclamante, el certificado de exclusión se publicará en el sitio web oficial de ARCA y comenzará a tener efecto desde el día de su publicación, facilitando la gestión para los contribuyentes afectados.
La flexibilización responde a motivos de administración tributaria y complementa otras medidas de alivio impulsadas por el Poder Ejecutivo Nacional, con el objetivo de facilitar el acceso al “Certificado de Exclusión de Retención y/o Percepción del Impuesto al Valor Agregado”.
La resolución entró en vigencia el 21 de octubre y se aplica también a las disconformidades que estén pendientes de resolución a esa fecha, ampliando así su alcance y beneficiando a un mayor número de contribuyentes.