El Banco Central de la República Argentina (BCRA), mediante la Comunicación “A” 8336, estableció que quienes compren dólares al tipo de cambio oficial deberán firmar una declaración jurada comprometiéndose a no adquirir dólares financieros (MEP o CCL) durante 90 días corridos.
¿A quiénes alcanza la restricción?
La norma afecta a personas físicas y jurídicas que utilizan el cupo del dólar ahorro o acceden al mercado único y libre de cambios (MULC) y también operan en la bolsa para adquirir dólares financieros.
¿Cuándo se puede volver a operar dólar MEP?
Quienes compren dólar oficial deberán esperar 90 días calendario para volver a operar con MEP o CCL. Por ejemplo, una compra realizada el 26 de septiembre permitirá retomar operaciones recién el 26 de diciembre de 2025.
¿La restricción aplica en sentido inverso?
Sí. Quienes hayan operado MEP o CCL en los 90 días previos tampoco podrán acceder al dólar oficial. La medida establece un bloqueo en ambas direcciones.
¿Por qué se tomó esta decisión?
El Gobierno busca limitar la operatoria conocida como “rulo” o “puré”, que consistía en comprar dólares más baratos en el mercado oficial y venderlos en el mercado financiero para obtener una ganancia inmediata. Esta práctica aumentaba la presión sobre las reservas internacionales del Banco Central.
¿Implica un cambio en la política económica?
La reimplantación del cepo representa un retroceso respecto de la flexibilización cambiaria anunciada previamente. La decisión refleja la necesidad de frenar la salida de divisas en un contexto de escasez de dólares.
¿Qué pasa con el dólar blue?
La Comunicación “A” 8336 solo regula operaciones dentro del sistema formal. El dólar blue, al ser un mercado paralelo e informal, no está directamente alcanzado. Sin embargo, su cotización podría reaccionar a la mayor demanda de quienes queden fuera del MEP.