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Con un decreto en el Boletín Oficial, el Gobierno puso en vigencia la reforma laboral y ya rigen las nuevas reglas

El Gobierno reglamentó la denominada “ley de modernización laboral” mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial. La normativa ya comenzó a regir y establece cambios en el sistema de indemnizaciones, el régimen salarial, las vacaciones y el funcionamiento de los sindicatos.

Por Redacción

Viernes, 06 de marzo de 2026 a las 08:45
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El Gobierno reglamentó la reforma laboral

La reforma laboral aprobada por el Congreso fue reglamentada este viernes y ya se encuentra en vigencia en todo el país. La normativa fue publicada en el Boletín Oficial a través del Decreto 137/2026.

La ley, denominada oficialmente “modernización laboral”, introduce modificaciones en distintos aspectos del régimen de trabajo. Entre los puntos principales aparecen cambios en el sistema de indemnizaciones, nuevas disposiciones vinculadas a salarios y vacaciones, y ajustes en el funcionamiento y regulación de las organizaciones sindicales.

El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.

Qué establece la nueva normativa

La reglamentación confirma la entrada en vigencia de la Ley 27.802, sancionada por el Congreso el 27 de febrero de 2026.

El texto oficial señala que la aplicación de las disposiciones dependerá de que resulten compatibles con la naturaleza de cada actividad y con el régimen jurídico específico que la regule.

En ese marco, la normativa fija nuevas condiciones que impactan sobre distintos aspectos del vínculo laboral, incluyendo indemnizaciones por despido, modalidades salariales y reglas vinculadas al período de descanso anual.

A quiénes no alcanza la reforma

El decreto también establece que el nuevo régimen no se aplicará a determinados sectores.

Entre los casos enumerados en el Boletín Oficial se encuentran los trabajadores de la administración pública nacional, provincial y municipal, salvo que una norma específica disponga su inclusión.

Tampoco alcanza al personal de casas particulares, a los trabajadores agrarios —salvo en aspectos supletorios compatibles con su régimen propio— ni a quienes se desempeñan bajo contratos de obra o servicios regulados por el Código Civil y Comercial.

La normativa además excluye a trabajadores independientes, colaboradores contemplados en la Ley de Bases, prestadores de plataformas tecnológicas, personal embarcado bajo el régimen de la Ley de Navegación y personas privadas de libertad que desarrollen tareas en contexto de encierro.

Un nuevo marco legal que ya está en marcha

Con la publicación del decreto reglamentario, la reforma laboral comenzó a regir de manera formal en todo el país.

El texto establece las condiciones generales de aplicación y define los alcances del nuevo esquema normativo que regulará las relaciones laborales en los sectores comprendidos por la ley. Las disposiciones quedan ahora sujetas a su implementación dentro de cada actividad y a las reglamentaciones específicas que puedan dictarse en adelante.

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