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Viernes 06 de Marzo, Neuquén, Argentina
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Reforma laboral en marcha: despidos más baratos, jornadas de hasta 12 horas y cambios en huelgas y vacaciones

El Gobierno reglamentó la denominada “ley de modernización laboral” y la normativa ya comenzó a aplicarse. Introduce modificaciones en indemnizaciones, jornada laboral, vacaciones, negociación colectiva y derecho a huelga.

Por Redacción

Viernes, 06 de marzo de 2026 a las 09:47
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La reforma laboral ya empezó a aplicarse

La reforma laboral aprobada por el Congreso comenzó a regir en todo el país tras la reglamentación publicada en el Boletín Oficial. La normativa, denominada oficialmente “modernización laboral”, redefine distintos aspectos del vínculo entre trabajadores y empleadores.

Entre los cambios más relevantes aparecen nuevas reglas para el cálculo de indemnizaciones, modificaciones en el sistema de horas extras, cambios en el régimen de vacaciones y nuevas condiciones para la negociación colectiva y el ejercicio del derecho a huelga.

El decreto reglamentario habilita la aplicación de estos cambios dentro de las actividades alcanzadas por la ley.

Despidos: nuevo cálculo para las indemnizaciones

Uno de los puntos centrales de la reforma está en la forma de calcular las indemnizaciones por despido.

La normativa establece que el monto se calculará únicamente sobre el salario básico. Conceptos como aguinaldo, vacaciones o premios dejarán de formar parte de la base de cálculo.

Además, las empresas podrán pagar esas indemnizaciones en cuotas: hasta 12 pagos en el caso de grandes compañías y hasta 18 cuotas en pequeñas y medianas empresas.

Jornadas de hasta 12 horas con sistema de compensación

La reforma introduce un esquema conocido como “banco de horas”.

En este sistema, si un trabajador extiende su jornada más allá de las 8 horas habituales, ese tiempo no necesariamente será abonado como horas extras. Podrá compensarse con reducción de la jornada en otro momento del calendario laboral.

El nuevo régimen permite jornadas de hasta 12 horas, con la obligación de que exista un descanso mínimo de 12 horas antes de volver a trabajar.

Vacaciones: nuevas reglas para otorgarlas

También cambia el sistema de otorgamiento de vacaciones.

La normativa establece que podrán concederse entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente. El descanso durante el verano no quedará garantizado cada año: el trabajador tendrá derecho a ese período estival al menos una vez cada tres años.

Además, las vacaciones podrán dividirse en tramos, siempre que cada período tenga una duración mínima de siete días.

Convenios colectivos y salario “dinámico”

La reforma también introduce cambios en la negociación colectiva.

Los convenios colectivos que venzan dejarán de mantenerse automáticamente vigentes hasta que se firme uno nuevo. Solo continuarán aplicándose las normas vinculadas a condiciones de trabajo.

Al mismo tiempo, la normativa habilita la posibilidad de incorporar componentes salariales variables o transitorios dentro de los acuerdos colectivos, acuerdos de empresa o incluso mediante decisiones del empleador.

Nuevas condiciones para sindicatos y asambleas

La reglamentación mantiene el aporte sindical que se descuenta del salario de los trabajadores, con un tope del 2%, mientras que el empleador seguirá actuando como agente de retención.

También establece que las asambleas requerirán autorización del empleador y fija un límite de 10 días por mes para que delegados sindicales desarrollen actividades gremiales durante el horario laboral.

Cambios en el derecho a huelga

La ley redefine el alcance de las medidas de fuerza al ampliar el listado de actividades consideradas esenciales o trascendentales.

En los servicios esenciales —como salud, educación, agua potable, energía, transporte de caudales y cuidado de menores— deberá garantizarse una cobertura mínima del 75%.

En actividades catalogadas como trascendentales —entre ellas transporte de pasajeros, industria de medicamentos, insumos hospitalarios, radio y televisión, siderurgia, cemento y producción de alimentos— la cobertura mínima durante una huelga será del 50%.

La normativa también establece que determinadas acciones vinculadas a bloqueos o impedimentos al trabajo podrán ser consideradas infracciones muy graves.

Un nuevo marco laboral que ya está en marcha

Con la reglamentación publicada, las nuevas disposiciones comenzaron a aplicarse dentro del sistema laboral argentino.

A partir de ahora, empresas, trabajadores y sindicatos deberán adecuar sus relaciones laborales a las reglas establecidas en la ley, que introduce cambios en distintos aspectos del funcionamiento del trabajo formal en el país.

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