EL TSJ ESTUDIA SU VALIDEZ

Aplican la ley Gerez en el caso de un homicidio narco

Wálter Vivas está imputado del asesinato de Antonio Quirulef. El 2 de agosto cumple 1 año preso sin sentencia. Le extendieron 6 meses la preventiva.
jueves, 30 de julio de 2020 · 19:31

A la espera del pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia sobre la constitucionalidad o no de la ley 3234, que extiende 9 meses el plazo máximo de prisión preventiva para personas sin condena, el juez de Garantías Mauricio Zabala avaló este jueves prorrogar por seis meses la prisión preventiva para un imputado en un crimen narco, ocurrido el año pasado en el barrio San Lorenzo, cuyo juicio aún no se realizó por la pandemia de Covid 19.

Wálter Vivas cumplirá un año de encarcelamiento preventivo el próximo 2 de agosto, acusado de haber asesinado a tiros a Antonio Ariel Quirulef.

La extensión de su prisión preventiva fue solicitada por el fiscal jefe Juan Agustín García y la fiscal María Eugenia Tintanti durante la videoaudiencia desarrollada este jueves.

Vivas fue asistido por el defensor público Fernando Diez quien anticipó que apelará la medida a un Tribunal de Revisión.

Los fiscales pusieron sobre la mesa que Vivas está detenido desde el 2 de agosto del año pasado, y el próximo 2 de agosto cumpliría el año de prisión preventiva previsto en el Código Procesal Penal como plazo máximo para esta medida de coerción. Por esta razón, pidieron que se aplique la Ley 3234 que impulsó el fiscal general José Gerez y que estableció la extensión excepcional de la prisión preventiva por un plazo de hasta nueve meses en aquellos casos “en que los juicios no se hayan realizado, o no se puedan realizar, por encontrarse suspendida la realización de audiencias de juicio, debido a la emergencia sanitaria dispuesta a causa de la pandemia del COVID-19”.

Sobre esta base legal, el fiscal jefe y la fiscal del caso plantearon que la prisión preventiva de Vivas debía prolongarse por seis meses más. El argumento, fue que existe “riesgo de fuga y de entorpecimiento de la investigación”.

Titanti señaló en la audiencia que el juicio tenía fecha para realizarse pero “debido a la pandemia las actividades fueron suspendidas”.

En cuanto al pedido, García aseguró que en una audiencia anterior -por otro caso- se realizó un debate similar y que un Tribunal de Impugnación, por mayoría, determinó la constitucionalidad y validez de la Ley 3234.

En ese contexto sostuvo que “no se está aplicando retroactivamente”, dado que la norma se encuentra vigente. “Se va a tomar la revisión de la prisión preventiva en el momento que se está transitando y no cuando se impuso. Es decir, “no debe considerarse la fecha del hecho sino el estado del proceso”.

Además mencionó que la situación para la aplicación de la Ley es de excepcionalidad ya que estamos ante una pandemia. “Esto hizo que se vea la necesidad de dictar una norma que contemple otro sustento distinto de los que prevé el artículo 119, son dos supuestos distintos”, a lo que agregó que “cuando el legislador dictó el artículo 119 del Código Procesal Penal de Neuquén jamás se imaginó que iba a ocurrir una situación como ésta, por eso previó un plazo de un año” de la prisión preventiva.

El fiscal jefe remarcó además, que la aplicación de esta Ley se da en un contexto que no se contrapone con el artículo 119 del Código Procesal Penal, sino que “es complementaria” ya que se aplica en supuestos distintos: “una es de aplicación para tiempos normales y la otra para la situación excepcional como la del COVID19”.

Vivas está imputado por homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego.

El episodio ocurrió el 1 de agosto del año pasado en una vivienda del barrio San Lorenzo, ubicada en Matheu al 4500. Hasta allí fue Antonio Quirulef acompañado junto a otro hombre y una mujer, presuntamente con el propósito de adquirir drogas. Pero Vivas y Wálter Piccioli –también detenido pero sin llegar al plazo máximo de prisión preventiva- abrieron fuego con armas calibres 22 y 32. Quirulef recibió un disparo letal en el cráneo.

Este fue el segundo caso en el que se aplica la Ley 3234, de prórroga de una prisión preventiva, aun cuando no hay un pronunciamiento del TSJ en cuanto a su validez o no.

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