LEY DE PRISIÓN PREVENTIVA

Un fallo, ahora, avaló extender el encierro sin condena

Un tribunal de Revisión declaró constitucional la extensión de prisión preventiva para personas sin juicio ni condena.
jueves, 9 de julio de 2020 · 19:15

Luego de una extensa deliberación, un Tribunal de Revisión declaró “constitucional” la extensión por nueve meses más de la prisión preventiva para personas sin juicio y, por ende, sin condena. El fallo fue dividido y resolvió el pleito que dejó abierto el juez de Garantías, Gustavo Ravizzoli, quien 24 horas antes había tachado de inconstitucional la ley 3234 sancionada en junio por la Legislatura, impulsada por el fiscal General José Gerez, que habilita la extensión del encierro por otros nueve meses.

El tribunal de Revisión estuvo integrado por los jueces Lucas Yancarelli, Carolina García y Dardo Bordón. Los dos primeros votaron por la constitucionalidad y Bordón quedó en minoría.

De esta manera quedó prolongada la prisión preventiva –por seis meses más- para  Maximiliano Exequiel Mérgola, imputado en el asesinato de Ernesto Daniel Rodríguez, ocurrido en Neuquén capital el 9 de julio del año pasado.

Mérgola participó de la audiencia –que comenzó ayer a las siete de la tarde- por videoconferencia desde un sitio de la comisaría 18.

El fiscal Juan Agustín García, quien defendió con uñas y dientes la extensión de la prisión preventiva, cuestionó duramente al juez Ravizzoli, al igual que horas antes lo había hecho su jefe, Geréz.

Cuestionó la declaración de inconstitucionalidad de ayer porque –dijo- “la decisión del juez de garantías padece de serios vicios”. Y puntualizó que esa decisión por un lado careció de fundamentación, y por otro aplicó erróneamente la Ley. Sobre este escenario, García remarcó que “el problema está en la interpretación que hizo el juez de diversa doctrina”, y que el razonamiento que aplicó fue “antojadizo” y “contradictorio”

La mayoría del tribunal que avaló la extensión de las prisiones preventivas acogió el argumento del autor del proyecto, al destacar que se tomó en cuenta que se aplica en procesos no terminados, con prisiones preventivas en curso, y sin un horizonte a la vista para la realización de juicios penales.

En su voto, Yancarelli destacó que la ley es “totalmente excepcional”, que “no se aplicará en los casos nuevos” ni tampoco “cuando regrese la normalidad” a los procesos penales.

Con esta resolución del tribunal de Revisión, Gerez y los fiscales de Homicidios llegarán con otro talante para el momento en que tengan que solicitar una extensión a la prisión preventiva de Alfredo Escobar, que vence el 18 de septiembre, imputado en el femicidio de Laura Cielo López y cuyo juicio, por jurados, está suspendido por la pandemia de coronavirus.

Mantenete informado todo el día. Escuchá AM550 La Primera aquí

Seguinos por la tele, en CN247 aquí

Comentarios