ACUSADOS SIN NOMBRES Y SIN FOTOS

Quemaron un bosque y la Justicia protege sus identidades

Son de Cipolletti y a fines de enero provocaron un incendio forestal en Cuesta del Ternero, cerca de El Bolsón.
miércoles, 3 de noviembre de 2021 · 18:53

Los turistas prendieron el fuego para hacer unas tortas fritas, las que comieron y luego continuaron su recorrida la zona de Cuesta del Ternero, cercano a El Bolsón, donde visitaban a un amigo que vive en el lugar. Los tres hombres y las tres mujeres se fueron del lugar sin apagar las brasas, que luego provocaron un dantesco incendio forestal que consumió durante tres semanas unas 6 mil hectáreas, generando además del daño ambiental irreparable, un gasto enorme al estado que debió movilizar bomberos, brigadistas, camiones y aviones para poder controlarlo durante más de una semana y pusieron en riesgo a todo un barrio. Sin embargo y aunque las causas son públicas, el juez de Garantías aceptó el pedido de la defensa que imposibilita nombrar a los imputados y publicar sus fotos.

El juez Pablo Laurense aceptó la reformulación de cargos contra los seis imputados, pero ordenó expresamente que queda prohibida la difusión de las identidades de los turistas acusados y tampoco se podrán hacer públicas las fotos de la audiencia realizada a través de la plataforma Zoom, que siempre difunde el área de prensa del Ministerio Público, todo con la intención de que no sean identificados y la comunidad no pueda señalarlos.

En la audiencia, el fiscal de El Bolsón, Francisco Arrien reformuló los cargos y los responsabilizó por el incendio que iniciaron el 24 de enero que consumió más de seis mil hectáreas de bosque nativo y forestaciones de pino. Aunque en enero se conocieron las identidades de los tres hombres y las tres mujeres que cocinaron tortas fritas y dejaron el fuego encendido, Laurence dejó sentado la prohibición de identificarlos.

Una orden que raya lo inconstitucional y que le inserta una cuota de oscurantismo al funcionamiento de uno de los poderes de la República. Es importante destacar que los procesos son públicos (con algunas excepciones como que haya involucrados menores o sean causa de índole privada) para resguardar el principio de publicidad de los actos de gobierno.

El fiscal debió readecuar los cargos que le habían formulado a los acusados durante los últimos días de enero, aún con las llamas provocadas por estos cipoleños consumiendo gran cantidad de hectáreas en El Bolsón. Arrien detalló que "el 24 de enero de este año, en horas de la mañana, los seis involucrados pasaban el día en un lote ubicado en el barrio Mirador de Los Repollos que uno de ellos ocupaba. Encendieron fuego con intenciones de cocinar sobre una parrilla y una sartén unas tortas fritas que habían amasado", y que no prestaron atención a la presencia de un pinar a escasos 50 centímetros del fuego y que "alrededor de las 13 horas, cuando terminaron de comer, abandonaron el lugar sin apagar el fuego correctamente".

El fuego avanzó, continuó el relato el fiscal, y "se expandió vorazmente quemando más de seis mil hectáreas de bosque nativo y forestaciones de pino, todo como consecuencia de un accionar imprudente de los acusados que no observaron el debido cuidado que ameritaba su accionar para asegurarse de que el fuego se encontrara extinguido".

El accionar de los acusados "puso en peligro concreto a la seguridad pública ya que por caso colocaron en peligro de muerte a tres personas, que ese día a la medianoche, al advertir que el fuego se encontraba a solo 20 metros de sus viviendas y que estaban rodeados por las llamas, tuvieron que resguardar sus vidas en una lancha, trasladándose al centro de una laguna y siendo rescatados recién a media mañana del día siguiente", indicó el representante del Ministerio Público.

Para Arrien se trató de "estrago por incendio culposo agravado" contemplado en el artículo 189, segundo párrafo del Código Penal: “Será reprimido con prisión de un mes a un año, el que, por imprudencia o negligencia, por impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas, causare un incendio u otros estragos" y deja en claro que "si el hecho u omisión culpable pusiere en peligro de muerte a alguna persona o causare la muerte de alguna persona, el máximo de la pena podrá elevarse hasta cinco años”.

El juez, además de prohibir la publicación de los nombres (que fueron mencionados en notas previas), fijó un plazo de cinco meses para avanzar en la investigación y elevar la causa a juicio, aunque también instó a las partes a resolver de de manera alternativa el conflicto.

Mantenete informado todo el día. Escuchá AM550 La Primera aquí

Seguinos por la tele, en CN247 aquí

Comentarios

Otras Noticias