Un hombre de nacionalidad peruana radicado en la capital neuquina abusó sexualmente de la hija de su pareja dentro del lapso comprendido entre septiembre de 2015 hasta el 14 de septiembre de 2017, en la vivienda que compartían los tres. El acusado, identificado con las siglas, G.D.A.Z, fue declarado penalmente responsable y condenado a ocho años de prisión de cumplimiento efectivo.
Aberrante: el hombre, violó a la “de manera reiterada y en un número indeterminado de veces”, bajo amenaza, aprovechando la convivencia y cuando la mamá de la niña se encontraba de viaje.
Durante la audiencia de procedimiento abreviado realizada este jueves 2 de junio, la fiscal del caso Silvia Moreira informó al tribunal colegiado el acuerdo al que arribó junto a la defensa del imputado y la defensora de la Niñez y de la Adolescencia. El mismo prevé la declaración de responsabilidad por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante por el tiempo en que duró y por modo de realización, continuado, agravado por la convivencia preexistente con una menor de edad de 18 años de edad.
Asimismo, la fiscal agregó que inicialmente la calificación legal tenía el agravante de la guarda, pero que en base a la investigación se determinó que la niña no quedaba bajo su cuidado. Moreira agregó que el acuerdo cuenta con el consentimiento de la víctima y su padre. Por su parte el imputado aceptó la responsabilidad penal acordada por las partes.
En una segunda instancia, las partes presentaron el acuerdo que tiene que ver con la pena que deberá cumplir el imputado. En ese sentido solicitaron una pena de 8 años de prisión de cumplimiento efectivo. Para arribar al monto de la pena Moreira explicó que como atenuantes se tuvo en cuenta la aceptación de responsabilidad del imputado, lo que permite dar una respuesta a la víctima y no que el proceso penal se siga prolongando en el tiempo; y la falta de antecedentes penales.
Como agravantes consideraron los daños causados en la víctima, la conducta procesal del imputado quien fue declarado rebelde en el 2017. En ese contexto destacó la colaboración de la División de Recaptura de la Policía de Neuquén, indicando que el imputado fue extraditado de Perú
En la misma línea lo hizo la defensora de la Niñez y de la Adolescencia, quien intervino en representación de la víctima y adhirió en un todo a lo manifestado por la fiscal, tanto en lo que respecta a la responsabilidad como a la pena. Las partes renunciaron a los plazos de impugnación de la sentencia definitiva.
El tribunal colegiado resolvió homologar el acuerdo pleno y por unanimidad declaró la responsabilidad penal del imputado y lo condenó a ocho años de prisión