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Miércoles 15 de Octubre, Neuquén, Argentina
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A 22 años, la Justicia cambia el rumbo del caso Sergio Ávalos

El tribunal admitió parcialmente los recursos de apelación en el expediente por la desaparición forzada del joven en 2003. Siete imputados fueron desvinculados del procesamiento, mientras que otros once continuarán siendo investigados.

Por Redacción

Miércoles, 15 de octubre de 2025 a las 18:17
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A fines de septiembre, la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, con el juez Mariano Roberto Lozano, realizó una sesión sobre el caso de la desaparición forzada de Sergio Daniel Ávalos. Luego de retomar la deliberación el 15 de octubre, el tribunal decidió aceptar parcialmente algunos pedidos de apelación presentados por las defensas y revocar los procesamientos de ciertos imputados.

La resolución, en el marco del legajo FGR 2155/2014/17/CA4, abordó los recursos interpuestos por los defensores de los procesados por el delito de privación ilegal de la libertad agravada y desaparición forzada de personas.

El tribunal revocó los procesamientos respecto de los siguientes imputados:

  • Diego Alberto Herman

  • Rubén Gustavo Escobar

  • Pablo Martín Fantón

  • María Teresa Monsalve

  • Ítalo Edgardo Soto

  • Pedro Ángel Pacheco

  • Pedro Raúl Nardanone

  • Cristian Rubén Cepeda (por extensión del art. 441 del CPPN)

En todos estos casos, la Cámara entendió que no existían elementos suficientes para atribuirles autoría o participación directa en la privación de libertad de Ávalos.

Imputados que seguirán procesados

En cambio, el tribunal confirmó los procesamientos de otros once imputados, entre ellos:

  • Osvaldo Daniel Carracedo

  • Roberto Alejandro Costa

  • María Alejandra Siboldi

  • Irene Esther Fuentes

  • Juan Darío Arévalo Smith

  • José Luis Flores

  • Alfredo Humberto Cortínez

  • Pedro José Sepúlveda Palacios

  • Eugenio Alejandro Tarifeño

  • Rubén Ángel Ferreyra

  • Patricio Sesnich

Según la resolución, estos procesados habrían participado activamente o encubierto los hechos ocurridos la madrugada del 14 de junio de 2003, dentro del local bailable donde Sergio Daniel Ávalos fue visto por última vez.

Fundamentos del fallo

El tribunal consideró que el juez de primera instancia incurrió en un error de calificación al distinguir entre quienes ejecutaron la privación de libertad y quienes omitieron informar sobre el paradero de la víctima.

La Cámara aclaró que ambas conductas —la comisiva y la omisiva— deben ser ejecutadas por el mismo sujeto activo para configurar el tipo penal previsto en el artículo 142 ter del Código Penal.

Por este motivo, los jueces admitieron las apelaciones de las defensas de los imputados antes mencionados y revocaron sus procesamientos sin costas, en tanto rechazaron los recursos del resto de los procesados, con costas.

Próximos pasos en la causa

La resolución fue registrada, notificada y publicada, y el expediente será devuelto al Juzgado Federal N°2 de Neuquén, Secretaría N°1, para la continuidad de la investigación.

El fallo representa un nuevo capítulo en la causa por la desaparición forzada de Sergio Ávalos, estudiante de la Universidad Nacional del Comahue, cuyo paradero continúa siendo desconocido tras más de dos décadas.

Contexto: el caso Sergio Ávalos

Sergio Daniel Ávalos desapareció el 14 de junio de 2003 luego de asistir a un local bailable en Neuquén capital. Su caso fue caratulado como desaparición forzada de persona, y desde entonces, la familia Ávalos y la Universidad Nacional del Comahue —en calidad de amicus curiae— han impulsado diversas acciones judiciales para esclarecer lo ocurrido.

El expediente, actualmente bajo jurisdicción federal, involucra a personal de seguridad, ex policías y militares, así como a empleados del local, quienes habrían tenido conocimiento o participación en los hechos.

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