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Martes 04 de Noviembre, Neuquén, Argentina
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La Justicia fue al límite: ordenaron descontar la cuota alimentaria desde la factura de luz de CALF

Llevaba años de incumplimientos. La Justicia dispuso que la cooperativa CALF retenga el dinero directamente de la factura de luz del deudor. La medida busca garantizar la cuota alimentaria de tres niños.

Por Redacción

Martes, 04 de noviembre de 2025 a las 14:48
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Una decisión inédita en Neuquén

La Justicia neuquina dictó una resolución inédita: ordenó que la cooperativa eléctrica CALF descuente, mes a mes, la cuota alimentaria que un padre debía pagar a sus tres hijos y la deposite directamente en una cuenta judicial.

La decisión se tomó luego de comprobar reiterados incumplimientos y la ausencia de ingresos formales del hombre, quien igualmente mantiene una actividad comercial vinculada a una forrajería.

Cómo funcionará el mecanismo

A partir del fallo, CALF actuará como agente de retención. Cada mes, descontará de la factura de luz del demandado una suma equivalente a 7 IUS, y ese dinero será transferido automáticamente al expediente judicial.

El monto retenido se considerará además parte de la deuda del servicio eléctrico, lo que implica que, si el deudor no paga, se aplicarán las mismas consecuencias que cualquier morosidad: recargos, intereses e incluso el corte del suministro.

El rol de la Defensa Pública

La medida fue impulsada por la Defensoría Pública Civil N°5, ante el incumplimiento sostenido del progenitor. La presentación fue acompañada por la Defensoría de los Derechos del Niño N°1, que respaldó el pedido al considerar que se trata de una herramienta eficaz para asegurar el derecho alimentario y de crianza de los menores.

El fundamento del fallo

En la resolución, el juez sostuvo que el incumplimiento reiterado “pone en crisis la tutela judicial efectiva” y destacó la necesidad de utilizar todos los medios legales disponibles para garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes.

El fallo se apoya en el principio del interés superior del niño y en la obligación del Estado de asegurar un nivel de vida adecuado, según la Convención sobre los Derechos del Niño y el Código Civil y Comercial.

Un precedente que puede cambiar todo

La decisión abre un precedente fuerte: por primera vez en Neuquén, una cooperativa será intermediaria directa para hacer cumplir una cuota alimentaria.

El fallo marca un punto de inflexión en los casos de padres que eluden sus obligaciones y deja en claro que el incumplimiento ya no quedará impune, ni siquiera a través de la factura de luz.

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