Un hombre fue condenado a tres años de prisión en suspenso por abuso sexual de su hijastra menor de edad de forma reiterada entre 2018 y 2023, en la ciudad de Cipolletti. Admitió su culpabilidad en un juicio abreviado, y fue determinante para no ir preso. El acuerdo con la fiscalía incluyó pautas de conducta, pero la gravedad de los hechos quedó sepultada bajo una sentencia condicional.
La víctima tenía apenas 10 años cuando comenzaron los abusos. A lo largo de cinco años, su padrastro aprovechaba la ausencia de la madre por motivos laborales para someter a la niña durante las noches. Tocamientos libidinosos, manoseos reiterados y exhibiciones obscenas en distintos rincones de la vivienda formaron parte de un patrón persistente y perverso.
La situación salió a la luz cuando la adolescente, ya de 15 años, logró contarle lo que había vivido a su madre. Ella fue quien denunció al agresor. La fiscal Natalia Poblete dividió la acusación en tres hechos que evidenciaron una práctica prolongada y sistemática. Las pruebas fueron contundentes: declaración en cámara Gesell, testimonios especializados y pericias psicológicas.
A pesar de ello, la fiscalía propuso cerrar la causa por medio de un juicio abreviado. La víctima y su madre aceptaron, probablemente con el objetivo de poner fin al proceso judicial. El abusador, que no registraba antecedentes penales, se plegó al acuerdo, reconociendo su responsabilidad sin objeciones. Tampoco hubo resistencia por parte del defensor oficial.
El juez Julio Sueldo homologó el acuerdo y dictó la pena condicional. Estableció pautas como la prohibición de acercarse a la víctima, ya sea físicamente o mediante cualquier tipo de contacto, y la incorporación del agresor al Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual (ReProCoInS). Pero no irá preso.