Un hombre de Villa La Angostura fue condenado por el Tribunal Oral Federal de Neuquén a tres años de prisión en suspenso en una causa por infracción a la Ley de Estupefacientes.
La sentencia se dictó luego de un juicio abreviado, tras la modificación de la calificación legal por parte de la fiscalía al no poder demostrar que la droga estaba destinada a la venta.
El caso se originó en un allanamiento realizado el 1º de abril de 2023 en una casa en la intersección de las calles Collón Curá y Catan Líl, donde Gendarmería Nacional secuestró 123,95 gramos de cannabis y 128,22 gramos de cocaína distribuidos en distintos sectores del domicilio, junto con balanzas, recortes de nylon, dinero y celulares.
Inicialmente el hombre fue procesado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Sin embargo, durante la audiencia el fiscal explicó que tras una nueva evaluación de la prueba no había certeza suficiente de que la droga fuera para comercialización, porque la investigación duró pocos días y no se realizaron intervenciones telefónicas ni seguimientos que permitieran acreditar ventas.
Por ello, la acusación se reclasificó como tenencia simple de estupefacientes, de menor gravedad penal. El juez federal homologó el acuerdo y estableció la pena condicional de tres años, con pago de multa mínima y costas.
Al tratarse de una pena en suspenso, el condenado no cumplirá prisión efectiva si cumple las reglas de conducta puestas por el tribunal durante ese lapso. También se ordenó la destrucción de la droga y los elementos relacionados con el delito, y el fallo quedó firme porque las partes renunciaron a los plazos recursivos.
Durante el período en suspenso, el hombre deberá fijar y mantener domicilio notificando cualquier cambio, no cometer nuevos delitos, someterse al control del organismo Decaep, abstenerse de consumir estupefacientes y donar el dinero secuestrado a la cooperadora del Hospital Público de Zapala.