MAS DE 100 INASISTENCIAS SIN AVISO
Exoneración y revés judicial para un policía faltador
Tenía personal a cargo y faltó más de tres meses seguidos. Se quedó literalmente con las manos vacías.Un efectivo con voz de mando que había sido exonerado de la Policía de Neuquén por haber incurrido en 105 inasistencias injustificadas, sufrió una derrota judicial y deberá pagar las costas del proceso.
El ex policía Walter Daniel N. no regresó de una licencia médica, ni dio explicaciones al respecto. Entonces se le abrió un sumario y lo eyectaron. Ya en 2017, el uniformado inició una demanda contra la Provincia y consiguió que el Juzgado Procesal Administrativo N 1 de la ciudad capital ordenara que lo declararan cesante (en lugar de exonerado) y lo indemnizaran.
Sin embargo, no terminó ahí. Por el contrario, la Provincia apeló y, hace unos pocos meses, la Sala Procesal Administrativa del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) revocó la sentencia de primera instancia, y dejó firme el castigo que priva a este faltador empedernido del derecho al cobro del retiro.
En su sentencia, los jueces del TSJ Oscar Massei y María Soledad Gennari coincidieron en que el proceder del tal Walter Daniel N. afectó a la unidad de mando y al prestigio de la institución, tal como lo habían establecido la Provincia y el Tribunal Disciplinario Policial.
Fuentes judiciales explicaron que la jerarquía que ostentaba este sujeto, su inconducta y su ascendencia sobre el personal subordinado, justificaron sobradamente la sanción extrema. “Tenía que dar el ejemplo y el ejemplo que dio fue muy malo”, resumieron dichas fuentes.
En su apelación los abogados de la Provincia plantearon que “una ausencia tan prolongada al trabajo como la del actor, que se mantuvo durante todo el sumario sin haber siquiera intentado justificar las faltas, (…) provoca un menoscabo grave a la unidad de mando y al prestigio de la institución policial”.
Concluyeron los abogados que el ex policía “debió presentar su renuncia o solicitar la baja por retiro, pero no ausentarse de su trabajo y hacer abandono del mismo sin justificación alguna”.
FUENTE: COLABORADORES PERMANENTES