SIETE CONCEJALES IMPUTADOS

El TSJ no aceptó intervenir en conflicto de La Angostura

Los ediles habían solicitado a la Corte provincial que declare la "competencia por inhibitoria" del juez Matías Nicolini.
viernes, 9 de abril de 2021 · 17:35

El Tribunal Superior de Justicia rechazó este viernes el planteo presentado por los concejales de Villa La Angostura –imputados en su totalidad por presunto incumplimiento de una orden judicial- por el que solicitaron la inhibición del juez de Zapala Matías Nicolini, quien ordenó la suspensión de la sesión de enero pasado en la que los concejales destituyeron al secretario de Hacienda municipal, Daniel Brito, por presuntas irregularidades en la fallida Fiesta de los Jardines.

Por unanimidad, el TSJ rechazó el planteo de “competencia por inhibitoria formulado por el Concejo Deliberante de la ciudad de Villa La Angostura”, con el argumento que “no se advierte que la causa tramitada ante la instancia de grado traduzca materia propia de un “conflicto interno municipal cuyo conocimiento y resolución ha sido confiado en forma originaria y exclusiva a este Tribunal”.

Los ediles llevaron adelante la sesión, el 15 de enero, y votaron la destitución de Brito, en teoría pese a la existencia de una orden judicial –de Nicolini- para suspenderla.

Fue el fiscal Fernando Rubio quien inició una investigación e imputó al presidente del Deliberante, David Alberto Tressens, a la vicepresidenta Marta Noemí Cicconi, a las concejalas María Eugenia Mesa, Agustina Vaca Arenaza, Ruth Melisa Salamanca y los concejales Sergio Javier Troche y Walter Luis Espíndola, por el delito de “desobediencia a una orden judicial”.

En el recurso ante el TSJ los concejales pusieron el acento en que “es evidente el grave conflicto político que se ha suscitado en la localidad el cual, lejos de terminarse, va en escalada, llegándose a denunciar penalmente a todo el cuerpo de concejales como consecuencia de una demanda ante un juez incompetente que aceptó intervenir, resolvió de manera prematura y, según lo que se reclama en estos autos, fuera de su competencia”.

El primero en emitir opinión fue el fiscal general José Gerez, quien señaló que “no se presenta un verdadero conflicto interno y, ausente ese supuesto esencial, no puede habilitarse la competencia originaria excepcional en la materia del Tribunal Superior de Justicia”.

Y respecto de la causa penal contra los concejales Gerez afirmó que “resulta palmario que no corresponde interferir en el ejercicio de la acción penal pública que corresponde en exclusividad al Ministerio Público Fiscal”.

Ese dictamen del fiscal general fue el principal argumento tomado por los integrantes del TSJ, Soledad Gennari, Evaldo Moya, Germán Busamia y Alfredo Elosu Larumbe.

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