LOS CAMINOS DE LA INTERRUPCIÓN LEGAL

Murió la abogada que ganó la primera batalla por el aborto

Representó a la madre de una adolescente violada y embarazada por su padre. Se lo conoció como "caso FAL". falleció el mismo día en que la CSJN ratificó la condena a un médico antiaborto.
jueves, 30 de septiembre de 2021 · 20:05

El mismo día en que la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena al médico de Cipolletti Leandro Javier Rodríguez Lastra por impedir un aborto a una joven víctima de abuso sexual, se conoció la muerte de la abogada Sandra Grilli, quien en 2012 consiguió el fallo del máximo tribunal del país en el denominado “caso FAL” en representación de una adolescente de 15 años que quedó embarazada y abortó, producto de haber sido violada por su padre policía.

Con la intervención de Grilli, la Corte Suprema asumió la histórica postura en favor del derecho a la interrupción del embarazo en los casos en que la mujer haya sido víctima de una violación.

Así ocurrió con el denominado caso FAL, referido al aborto al que accedió una adolescente de 15 años violada por su padre, el policía de Comodoro Rivadavia Orlando Nahuelmir, desde los 11 años. Nahuelmir fue condenado por los abusos.

La mamá de la adolescente recurrió a la Justicia para que su hija pudiera realizarse l aborto en un hospital público. Su pedido fue rechazado en dos instancias hasta que el Tribunal Superior de Justicia lo avaló. Pero un funcionario judicial de Chubut recurrió la sentencia para impedir que siente un precedente.

La mujer fue representada por la abogada Sandra Grilli y el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia que en 2012 dictó el histórico fallo, en el que determinó que “cualquier mujer puede acceder a un aborto no punible en caso de que el embarazo sea producto de una violación, sin denuncia judicial”.

La abogada Grilli estaba enferma y este jueves se confirmó su muerte ocurrida este miércoles en la localidad de Cholila.

El caso Rodríguez Lastra

El 2 de abril de 2017, una joven que había sido víctima de un abuso sexual y cursaba un embarazo se presentó en el hospital de Cipolletti manifestando su interés de interrumpir el embarazo. El imputado habría suministrado medicación sin el consentimiento de la mujer y sin informarle los procedimientos que estaba llevando a cabo, para contrarrestar el proceso de interrupción del embarazo que la mujer había iniciado anteriormente mediante la ingesta de pastillas.

El médico fue denunciado penalmente y en octubre de 2019 fue condenado a la pena de un año y dos meses de prisión condicional, así como también a una inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por dos años y cuatro meses. También como pautas de conducta se determinó que el médico deberá realizar capaciones respecto de los presupuestos del consentimiento informado, sobre el protocolo de interrupción de embarazos y sobre perspectiva de género en el trabajo de la salud.

En marzo de 2020 un Tribunal de Impugnación hizo lugar a un recurso de la fiscalía y amplió las pautas de conducta que debía seguir Rodríguez Lastra. En diciembre de ese año la defensa apeló al STJ que en dos oportunidades rechazó la revocatoria de la sentencia hasta que la queja llegó a la Corte Suprema que la declaró inadmisible y dejó en firme la sentencia.

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