Hace apenas un par de semanas se conoció la condena a Vía Cargo S.A. por haberle perdido dos sillas en el camino a una vecina de San Antonio Oeste. Por extraño que parezca -o quizá, no tanto- ahora se conoció otra condena a la misma empresa, por haberle arruinado una puerta a otra habitante de la misma localidad rionegrina.
En el expediente consta que la mujer le compró la puerta corrediza de cedro a un negocio de la localidad bonaerense de Quilmes. Y que cuando fue a retirarla se encontró con que el embalaje estaba roto y la puerta estaba doblada y dañada. Indignada, le sacó fotos, dejó constancia del daño y firmó en disconformidad.
Obviamente inició el reclamo, pero los empleados de la empresa no le dieron ninguna respuesta, entonces fue a Defensa del Consumidor (donde la empresa se mantuvo en su negativa) y de ahí al Juzgado de Paz, donde inició una demanda.
Recién en esa instancia aparecieron los abogados de la empresa, pero para decir que Vía Cargo S.A. no estaba dispuesta a responsabilizarse por “el estado del contenido” que desconocía, como así tampoco “por roturas o extravíos causados por embalajes deficientes”. La jueza de Paz estableció que esa compañía no cumplió con sus obligaciones, y la condenó a pagarle a la vecina 108.066,88 pesos por los daños materiales, más 150 mil pesos e intereses por daño punitivo.
Cabe recordar que en el caso aquel de las dos sillas que se perdieron misteriosamente en el camino, la empresa fue condenada a pagarle a su clienta 103 mil pesos por capital, más intereses y otros 100 mil pesos por daño punitivo.