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Escándalo en colegio privado de Bariloche: condena por acoso laboral y daño moral

Una trabajadora de limpieza denunció acoso laboral en un colegio privado de Bariloche. La Justicia reconoció el despido indirecto y ordenó una indemnización de $10 millones.

Viernes, 22 de agosto de 2025 a las 10:12
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La Justicia rionegrina condenó al prestigioso colegio bilingüe Woodville, de Barilochea pagar una indemnización de alrededor de 10 millones de pesos a una trabajadora de maestranza por acoso laboral y despido indirecto.

El fallo fue dictado el 5 de junio por los jueces Juan Lagomarsino, Juan Frattini y María de los Ángeles Pérez Pysny, integrantes de la Cámara Primera del Trabajo de Bariloche, quienes consideraron probado que la empleada sufrió hostigamiento y afectación emocional que hicieron imposible continuar con la relación laboral.

La mujer hacía unos 8 años que había ingresado a trabajar en el colegio y cumplía tareas de limpieza en distintos sectores, incluyendo el área de primaria. Según se detalló en la causa, a partir de 2021 comenzaron los problemas en el trato con un encargado, identificado como Méndez, quien habría desplegado conductas de acoso persistentes.

La situación se agravó hacia fines de 2022, cuando la trabajadora relató que, mientras se encontraba en la cocina, el hombre apoyó sus genitales contra su cuerpo desde atrás. Dijo que ese hecho la paralizó, la hizo llorar y le provocó un fuerte impacto emocional.

Tiempo después, en octubre de 2023, tras una discusión con una compañera, decidió dejar de concurrir al trabajo. A los dos días envió un telegrama intimando a la institución a dar una respuesta, calificando el trato recibido como indigno y lesivo de sus derechos, y pidiendo medidas para garantizar un ambiente laboral respetuoso.

La Fundación negó todo y sostuvo que la salida fue voluntaria, pero el tribunal concluyó que no hubo respuesta institucional ni mecanismos de protección para la víctima.

Una pericia psicológica confirmó que la mujer padeció un cuadro compatible con exposición prolongada a situaciones de acoso. El diagnóstico fue una “Reacción Vivencial Anormal Neurótica Grado II” con una incapacidad del 10%. En la evaluación, la trabajadora expresó frases como “me costaba ir a trabajar” y “sentía miedo”, y la perito destacó que no se detectaron signos de simulación y que el relato era coherente con las pruebas psicológicas aplicadas.

Los jueces señalaron que la decisión de la trabajadora de considerarse despedida fue razonable y jurídicamente justificada. Rechazaron el argumento de renuncia voluntaria y aplicaron legislación internacional con jerarquía constitucional.

Para el tribunal, la violencia laboral se manifiesta en cualquier conducta que excluya, discrimine o menoscabe a la mujer en su ámbito de trabajo.

La sentencia incluyó la indemnización por antigüedad, el preaviso, la integración del mes de despido, vacaciones proporcionales y un adicional por daño moral equivalente al 20% de la indemnización por antigüedad

Fuentes vinculadas al establecimiento señalaron que existía conocimiento previo de la denuncia y que el caso había sido silenciado para evitar afectar la imagen institucional. Incluso mencionaron que se intentó llegar a un acuerdo de confidencialidad. 

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